Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 13/02/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 482

MARTES 13 DE FEBRERO DE 2018

B.O.C.M. Núm. 37

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
154

VALENCIA NÚMERO 2
EDICTO

Doña Milagros Burillo Orrico, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 530 de 2015, a instancias de doña Judith Rodrigo Muñoz contra Fondo de Garantía Salarial, Suavitas, Sociedad Anónima actualmente Vousse Corp., Sociedad Anónima, Valsemédica, Sociedad Limitada administrador mancomunados don José Luis Juárez Cea, don Diego Jesús Guerrero Cruces, ILP Capital, Sociedad Limitada antes Atlas Capital Europa, Sociedad Limitada y Atlas Holding Europa, Sociedad Limitada, en la que el día 16 de enero de 2018 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:
Fundamentos jurídicos:

BOCM-20180213-154

Primero.Según dispone el artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los jueces y Tribunales no podrán variar las sentencias y autos que pronuncien después de firmados, pero sí aclarar algún concepto oscuro o suplir cualquier omisión que contengan. Dichas aclaraciones o rectificaciones podrán hacerse de oficio o a instancias de parte, pudiéndose proceder a la rectificación de errores aritméticos o materiales en cualquier momento del procedimiento. En principio, pues, las resoluciones judiciales por evidente norma de seguridad jurídica, contemplada en el artículo 9.3 de la Constitución, no pueden ser modificadas por la invariabilidad que las mismas deben respetar, pero ello no excluye cierta posibilidad de variación, cuando se trate de meros desajustes o contradicciones evidentes, y por supuesto errores de transcripción, descartándose toda modificación sustancial del contenido de la resolución.
Segundo.En el presente caso se ha podido observar que la denominación social de la mercantil Atlas Capital Europa, Sociedad Limitada, según el Registro Mercantil Central, cambió a ILP Capital, Sociedad Limitada y que por error consta en sentencia como Atlas Capital Europa, Sociedad Limitada cuando en realidad debe constar como ILP Capital, Sociedad Limitada.
De cuanto antecede dispongo: Que procede aclarar la sentencia número 192 de 2017, de 24 de mayo de 2017, dictada en el presente procedimiento en los términos expuestos en el fundamento de derecho segundo de esta resolución, manteniendo el contenido restante de la citada sentencia en cuanto al resto de pronunciamientos.
Y para que conste y sirva de notificación a Atlas Holding Europa, Sociedad Limitada, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente.
En Valencia, a 31 de enero de 2018.La letrada de la Administración de Justicia firmado.
03/4.184/18

http www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 13/02/2018

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha13/02/2018

Nro. de páginas482

Nro. de ediciones4254

Primera edición12/02/2010

Ultima edición06/05/2024

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