Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/4/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6861 - 26/04/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 272

Que el punto 2 del Artículo 44 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares indicado fija que cuando el Adjudicatario no dé respuesta a la Compulsa de Precios, según lo establecido en la Guía de Uso y sus Anexos, en tiempo y forma, generará una multa equivalente al CINCO POR CIENTO 5% del monto del Servicio que resulte contratado en esa oportunidad;
Que en virtud de lo expuesto precedentemente, procede la aplicación de la penalidad establecida, siendo la multa equivalente al CINCO POR CIENTO 5% del monto del Servicio contratado por Orden de Compra N 7117-8122-OC23, emitida a favor de RICAAR S.R.L quien efectuó la cotización y se le adjudicó la compulsa por la suma de PESOS CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON NOVENTA Y
NUEVE CENTAVOS $113.362,99.-, la cual ha sido perfeccionada por el proveedor en el sistema BAC el 02 de junio de 2023, correspondiendo aplicar entonces una penalidad de PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CON QUINCE
CENTAVOS $ 5.668,15.-;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete IF-2024-15064128-GCABA-DGDIC.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º.- Facultades y obligaciones del Órgano Contratante de la Ley Nº 2.095 texto consolidado por Ley N
6.588, LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE
Artículo 1.- Imponer a la firma TOUR OPERADORA TURISMO S.R.LCENTAVOS $5.668,15.- de conformidad con el Artículo 44 punto 2 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la citada licitación.
Artículo 2º.- Caratúlese el pertinente Antecedente de Cancelación de Cargo y remítase a la Dirección General de Contaduría a fin que proceda a deducir el importe citado en el Artículo 1º de las facturas que la empresa presente al cobro, caso contrario formulará el respectivo cargo y dará intervención a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos a fin que ingrese el mismo.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial y en el Publicador de Penalidades y Sanciones del Sistema de Compras Públicas de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese de modo fehaciente a la firma antes citada conforme lo establecido por los Artículos 62.- Diligenciamiento y 63.- Formas de las notificaciones del DNU Nº 1510/97
texto consolidado por Ley N 6.588. Comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Tojo
BO-2024-6861-GCABA-DGCLE

Página 272 de 790

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/4/2024

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha26/04/2024

Nro. de páginas791

Nro. de ediciones5610

Primera edición06/08/1996

Ultima edición14/05/2024

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