Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/3/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6831 - 11/03/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 736

CUATROCIENTOS SESENTA MIL CIENTO NOVENTA Y UNO CON TREINTA Y DOS
CENTAVOS $ 2.460.191,32 que resulta adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 56 del Código Fiscal T.O. 2023 con las modificaciones introducidas por la Ley N 6710 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el momento del efectivo pago; debiendo acreditar su pago ante esta Administración bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto en el artículo 4 inciso 12 del Código Fiscal citado y ejecución fiscal.
Artículo 5.- Remitir de inmediato copia digitalizada de las presentes actuaciones al Departamento Penal Tributario dependiente de la Dirección General de Legal y Técnica, a fin de que tome intervención en el caso concreto y proceda según las funciones de su competencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la Disposición N 61/DGR/2017 y de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.
Artículo 6.- Intimar a la contribuyente, a los responsables solidarios y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, para que dentro del término de quince 15 días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, los responsables solidarios y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales.
Artículo 7.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente mediante comunicación electrónica al Domicilio Fiscal Electrónico, y tanto a ella como a los responsables solidarios mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 41 del Código Fiscal T.O. 2023 con las modificaciones introducidas por la Ley N 6710 y disposiciones concordantes de años anteriores, con copia de la presente, y resérvese.
ANEXO IF-2024-09667532-GCABA-DGR
Juan I. Nigrelli Subdirector General Inicia: 8-3-2024

Vence: 12-3-2024

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N 646-DGR/24

BO-2024-6831-GCABA-DGCLE

Página 736 de 775

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha11/03/2024

Nro. de páginas776

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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