Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6818 - 21/02/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 162

Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N IF-2023-47605254GCABA-DGIUR mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la presente;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el peticionante, el análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa Usos del Suelo y la intervención del Consejo de Plan Urbano Ambiental, se considera oportuno acceder a la localización del uso 2.6 Local de culto;
Que respecto a los requerimiento de estacionamiento vehícular, estacionamiento de bicicletas, Espacios para Carga y Descarga, se destaca que no se requiren exigencias, todo de conformidad a lo establecido por el Consejo de Plan Urbano Ambiental y el Código Urbanístico;
Que las obras ejecutadas deberán ser regularizadas ante el Organismo competente;
Que la conformidad prestada por el presente, no puede interpretarse como eximición del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidas por los Códigos Urbanístico, de la Edificación, de Habilitaciones y Verificaciones, Ley Nº 962 y Ley Nº 123, sus modificatorias generales, modificatorias en el marco sanitario y decretos reglamentarios, que no hayan sido expresamente considerados en el mismo;
Que por lo todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice la localización del uso solicitado, en virtud de la documentación presentada.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorizase, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso 2.6 Local de culto en el inmueble sito en la calle Ecuador Nº 776/80, Sección 013, Manzana 083, Parcela 021, con una superficie total a habilitar 1105,69 m 2 Mil ciento cinco metros cuadrados y sesenta y nueve centímetros cuadrados,debiendo asimismo cumplir con la normativa vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la presente.
Artículo 2º.- Hágase saber que las obras ejecutadas deberán ser regularizadas ante el Organismo competente.
Artículo 3º.- La presente Disposición tendrá una vigencia de ciento ochenta 180 días hábiles administrativos, contados a partir del día hábil siguiente a su notificación.
Dentro de este plazo el peticionante deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes.
Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Tuya
DISPOSICIÓN N.º 339/DGIUR/24
Buenos Aires, 6 de febrero de 2024
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto Nº 99/GCABA/2019 y el Expediente Nº EX-2023-41568249-GCABA-SSGU, y CONSIDERANDO:

BO-2024-6818-GCABA-DGCLE

Página 162 de 534

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha21/02/2024

Nro. de páginas535

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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