Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/10/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6727 - 12/10/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 482

Que, el artículo 11 de la precedente, en consonancia con lo dispuesto por el artículo 128 de la Constitución de la Ciudad, establece dentro de las ya mencionadas competencias concurrentes de las Comunas y del Poder Ejecutivo c. La fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los espacios públicos, suelo
Que, a dichos fines, mediante Decreto N 453-AJG/12 se delegó en las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el ejercicio del poder de policía respecto de las normas sobre usos de los espacios públicos dentro de su jurisdicción, que en forma concurrente ejercerán con el Poder Ejecutivo;
Que, por la Resolución RESFC-2023-1-GCABA-SECACGC se sustituyen los Anexos I
y II de la Resolución RESFC-2022-1-SECACGC; Que, por la Resolución RESFC2022-1-SECACGC se dejaron sin efecto las Resoluciones Conjuntas N 2MAYEPGC/18 y N 1-SSGMO/20, las Resoluciones Nros. 205-SECACGC/20, 219SECACGC/20 y 24- SECACGC/21, el punto d del Anexo II aprobado por el artículo 2
de la Disposición N 3500-DGOEP/16 y la Disposición N 3553-DGOEP/18;
Que, mediante la citada Resolución se aprobó asimismo el Procedimiento para la tramitación de permisos de uso del espacio público para el emplazamiento de áreas gastronómicas en veredas, calzadas y otros espacios públicos, conforme Anexos I a V;
Que, el mismo contempla la posibilidad de emplazar equipamiento e instalaciones en áreas gastronómicas sobre vereda, tales como: cubiertas toldos canadienses o parasoles, cerramientos laterales totales o parciales, sistemas de calefacción exterior eléctrico o a gas, artefactos de iluminación guirnaldas colgantes, apliques para la iluminación, lámparas, macetas y bicicleteros desmontables de hierro, de tipo soporte de rueda horizontal. Los mismos deberán ajustarse a los dispuesto por los Anexos I a V de dicha Resolución y deberán ser solicitados como Ampliación del Permiso otorgado por esta Comuna a través del siguiente link https www.buenosaires.gob.ar/tramites/ampliacion-permiso-de-area-gastronomicapara-e lementos-accesorios;
Que, la Resolución RESFC-2023-1-GCABA-SECACGC -en su Anexo II.- Artículo 2.indica que la publicidad en los equipamientos sobre la vereda, se debe cumplir con la regulación establecida en la Ley N 2.936 Texto consolidado por Ley N 6.588 o la que en el futuro la reemplace;
Que, la Resolución RESFC-2022-1-SECACGC -en su Anexo III.- establece que los peticionantes de permisos para el emplazamiento de áreas gastronómicas, en el caso de requerir la colocación de artefactos de iluminación, cubiertas superiores y/o artefactos de iluminación exterior, deberán presentar una Declaración Jurada conforme el Anexo V y un seguro de responsabilidad civil con el Gobierno de la Ciudad como co-asegurado;
Que, por el Expediente del Visto la razón social JUNIO 1995 S.R.LQue, por el Informe IF-2023-37305015-GCABA-DGCCT, ha tomado intervención la Dirección General Competencias Comunales y Talleres DGCCT verificando la documentación obrante en las presentes actuaciones, mediante el cual se constata el cumplimiento de los requisitos reglados establecidos en la normativa vigente;
Que, de las actuaciones agregadas al Expediente y las inspecciones oculares realizadas por el cuerpo de inspectores de esta Comuna se puede visualizar que el espacio público disponible es apto para la colocación de macetas conforme surge del IF-2023-37446650-GCABA-COMUNA13;

BO-2023-6727-GCABA-DGCLCON

Página 482 de 767

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/10/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha12/10/2023

Nro. de páginas768

Nro. de ediciones5612

Primera edición06/08/1996

Ultima edición06/06/2024

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