Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/10/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6727 - 12/10/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 284

Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General, en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente conforme lo establecen los artículos 446, 447 y 448, en su caso;
Que, con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Responsable Técnico, en los términos de los Art. 449, 463 y concordantes de la mencionada Ley, al Señor Riva, Ramiro D.N.I. 31.973.856;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 5688, para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I, Artículo 166, Inciso 18, Ley 6593, por lo que corresponde el otorgamiento de la renovación de la habilitación por el plazo de dos 2 años contados a partir del día de la fecha.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL
DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE:
Artículo 1º.- Renuévese a partir del día de la fecha, y por el término de dos años, la habilitación concedida a la empresa 3V TECH S.A. CUIT N 30-71254748-7, para prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su artículo 444º, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Inciso d Los de vigilancia por medios electrónicos, ópticos y electro ópticos.
Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá solicitarse con 30 días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente.
Artículo 3º.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada y Custodia de Bienes la renovación otorgada por el presente Acto Administrativo.
Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y Orden Público, a la Agencia Gubernamental de Control, Agencia Nacional de Materiales Controlados ANMaC y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina, y a la Policía de la Ciudad.
Cumplido, archívese. Cocca
DISPOSICIÓN N.º 11.803/DGHP/23
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2023
VISTO: LA LEY 5641/2016, LA RESOLUCIÓN N2/AGC/2017, Y EL EXPEDIENTE
Nº35469941/2023, Y
CONSIDERANDO:

BO-2023-6727-GCABA-DGCLCON

Página 284 de 767

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/10/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha12/10/2023

Nro. de páginas768

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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