Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/9/2023

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6697 - 01/09/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 407

Que de las constancias obrantes en autos, se observa que Eduardo Salorio y Agustina Isabel Osimani, administran a título oneroso el consorcio de la Calle Salcedo N 3115, de esta Ciudad;
Que finalmente, hay que tener en consideración que los citados son reincidentes en los términos del artículo 16 de la Ley 941, según Disposición DI-2021-5894-GCABADGDYPC;
Que en base a lo expuesto, se deberá aplicar, a cada uno de ellos, sanción de multa por el equivalente a mil cuatrocientas 1.400 unidades fijas, ascendiendo la misma a la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA $ 92.330.-;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales tomó la intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 941, LA DIRECTORA GENERAL
DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR
DISPONE
Artículo 1º - Sancionar a SALORIO, EDUARDO, CUIT 20-20867579-7, RPA Nº 2130, con multa de PESOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA $ 92.330.-, por haber incurrido en infracción al artículo 9 inciso f de la Ley 941.
Artículo 2º - Sancionar a OSIMANI, AGUSTINA ISABEL, CUIT 27-33388450-5, RPA
Nº 11200, con multa de PESOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA $
92.330.-, por haber incurrido en infracción al artículo 9 inciso f de la Ley 941.
Artículo 3º - Las multas deberán abonarse mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta N 210.196/1, Registro Público de Administradores de Consorcios Ley 941, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la presente, debiendo acreditarse dichos pagos en esta causa con el comprobante de depósito original, dentro del plazo precedentemente establecido.
Artículo 4º - Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza
DISPOSICIÓN N.º 4602/DGDYPC/23
Buenos Aires, 18 de julio de 2023
VISTO: El Expediente Electrónico 25170871-GCABA-DGDYPC-2019, y CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia de la Sra. Stella Maris Arjones, DNI N
11.048.519, contra Peralta, Marisol, CUIT 27-22656613-4, por presunta infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, con fecha 22 de octubre de 2019 se promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin acuerdo entre las partes;
Que por informe IF-2020-01579829-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que Peralta, Marisol, se encuentra inscripta bajo la matrícula NBO-2023-6697-GCABA-DGCLCON
1345;

Página 407 de 754

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/9/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha01/09/2023

Nro. de páginas755

Nro. de ediciones5608

Primera edición06/08/1996

Ultima edición10/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2023>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930