Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/12/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6522 - 19/12/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 382

DISPOSICIÓN N.º 4986/DGDYPC/21
Buenos Aires, 15 de octubre de 2021
VISTO: El Expediente Electrónico N 35669666-GCABA-DGDYPC-2019, y CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia de la Sra. María de los Milagros Calamera, DNI N 17.029.971, contra Federico Javier Solari, CUIT N 20-27419565-8, por presunta infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones al denunciado, con fecha 02/12/2019 se promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad, sin que las partes arribasen a una amigable composición;
Que por Informe IF-2020-13518404-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de Administradores de Consorcio de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que Federico Javier Solari se encuentra inscripto bajo la matrícula N 8907;
Que por providencia PV-2020-14433731-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación por presunta infracción a los artículos 9 incisos b y h y 12 de la Ley 941;
Que atendiendo a las medidas restrictivas vigentes a raíz de la emergencia sanitaria dispuesta con motivo del coronavirus covid-19, con fecha 09/12/2020 se procedió con la notificación del auto de imputación de manera virtual a la casilla de correo electrónico declarada oportunamente ante el referido Registro;
Que ante la falta de respuesta por parte del imputado, con fecha 22/07/2021 se cursó la cédula de notificación N 2294-DGDyPC-21, al domicilio constituido ante el citado Registro Público;
Que no obstante encontrarse debidamente notificado, el Sr. Solari no presentó descargo alguno;
Que no quedando diligencias sumariales pendientes, se ordenó el pase de autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó al administrador la presunta infracción al artículo 9 incisos b y h de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 9º.Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: b. Atender a la conservación de las partes comunes y realizar las diligencias pertinentes para el cumplimiento de la normativa vigente resguardando el mantenimiento edilicio e infraestructura, instalaciones, sistema de protección contra incendio, higiene y seguridad y control de plagas. Asimismo, proveer el cuidado del agua potable conforme al ordenamiento vigente. h. Depositar los fondos del consorcio en una cuenta bancaria a nombre del Consorcio de Propietarios. Para los consorcios que soliciten la apertura de la cuenta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, éste garantiza como opción la gratuidad de dicha cuenta, la cual incluye el trámite de alta, mantenimiento mensual, emisión de chequeras, transferencias bancarias y/o cualquier otro cargo que corresponda a la ciudad.
Que la precitada imputación por presunta infracción al inciso b tuvo lugar, a partir de los dichos de la denunciante que dan cuenta de la clausura de un 1 ascensor por
BO-2022-6522-GCABA-DGCLCON

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/12/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha19/12/2022

Nro. de páginas666

Nro. de ediciones5610

Primera edición06/08/1996

Ultima edición14/05/2024

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