Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/12/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6521 - 16/12/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 356

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 941, LA DIRECTORA GENERAL
DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR
DISPONE
Artículo 1º.- Sancionar a ALEJANDRO MARÍA NIEVES, CUIT N 27-18041522-5, RPA
N10479, con multa de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTE
$ 49.720.-, por haber incurrido en infracción al artículo 9 inciso b de la Ley 941.
Artículo 2.- La multa deberá abonarse mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta N 210.196/1, Registro Público de Administradores de Consorcios Ley 941, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la presente, debiendo acreditarse dicho pago en esta causa con el comprobante de depósito original, dentro del plazo precedentemente establecido.
Artículo 3º.- Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza
DISPOSICIÓN N.º 6392/DGDYPC/22
Buenos Aires, 3 de octubre de 2022
VISTO: El Expediente Electrónico N EX-2022-30563123-GCABA-DGDYPC, y CONSIDERANDO:
Que se inicia de oficio el presente expediente, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, ante la infracción constatada por la Dirección General de Limpieza del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, en el Consorcio de Propiedad Horizontal sito en Doblas 160, de esta Ciudad de Buenos Aires;
Que por providencia PV-2022-31104958-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación a María Laura Lousteau, RPA N 10299, por presunta infracción al artículo 9 inciso b de la Ley 941;
Que debidamente notificada en fecha 30/08/2022 mediante correo electrónico dirigido a la casilla constituida ante el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, la sumariada presenta descargo y acompaña prueba;
Que no quedando diligencias pendientes, pasaron los autos a resolver;
Que en este estado de las actuaciones, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administradora la presunta infracción al artículo 9 inciso b de la Ley 941, cuyo texto reza: Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: b. Atender a la conservación de las partes comunes y realizar las diligencias pertinentes para el cumplimiento de la normativa vigente resguardando el mantenimiento edilicio e infraestructura, instalaciones, sistema de protección contra incendio, higiene y seguridad y control de plagas. Asimismo, proveer el cuidado del agua potable conforme al ordenamiento vigente. Conforme texto Art. 4º de la Ley Nº 5.983, BOCBA
N 5415 del 17/07/2018";
BO-2022-6521-GCABA-DGCLCON

Página 356 de 636

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/12/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha16/12/2022

Nro. de páginas637

Nro. de ediciones5601

Primera edición06/08/1996

Ultima edición30/04/2024

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