Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/12/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6520 - 15/12/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 390

Que continuando con el análisis de los hechos, se le atribuyó la presunta infracción al artículo 10 incisos e y f de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 10.- De las liquidaciones de expensas: Las liquidaciones de expensas contendrán: e. Detalle de los pagos por suministros, servicios y abonos a contratistas, indicando nombre de la empresa, dirección, Nº de C.U.I.T o C.U.I.L., Nº de matrícula, trabajo realizado, elementos provistos, importe total y en su caso, cantidad de cuotas y número de cuota que se abona; f. Detalle de pagos por seguros, indicando nombre de la compañía, número de póliza, tipo de seguro, elementos asegurados, fechas de vencimiento de la póliza y número de la cuota que se abona
Que dicha imputación se apoyó en la liquidación de expensas del mes de marzo de 2019, aportada en la denuncia y cuya confección se adjudica a la sumariada, en la cual no se habrían consignado los siguientes datos exigidos por la normativa, específicamente: Inciso e, Dirección y Nº de CUIT de Edesur y Metrogas en Rubro Servicios, dirección de Pablo Fernando Azar en Rubro Abonos, y de Casa Lito, Dalla Valle, Servinor, Aiken en Rubro Mantenimiento del edificio, entre otros. Inciso f, Elementos asegurados y fecha de vencimiento de la póliza conforme Rubro Seguros;
Que finalmente, se le imputó la presunta infracción al artículo 12 de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 12.-Declaración jurada: Los/as administradores/as inscriptos/as en el Registro creado por esta ley, deben presentar anualmente un informe con el siguiente contenido, el que tendrá carácter de declaración jurada: a. Listado actualizado de los consorcios que administra, consignando si lo hace a título gratuito u oneroso; b. Copia de las actas de asamblea relativas a rendiciones de cuentas; c.
Detalle de los pagos de los aportes y contribuciones previsionales, de seguridad social y cualquier otro aporte de carácter obligatorio, seguro de riesgo de trabajo y cuota sindical si correspondiese, relativos a los trabajadores de edificios dependientes de cada uno de los consorcios que administra; d. Detalle de los pagos efectuados en concepto de mantenimientos e inspecciones legalmente obligatorios; e. Declaración jurada patrimonial ante el consorcio y aprobada por este, destinado a garantizar sus responsabilidades como administrador. Esta declaración podrá sustituirse por la constancia de la constitución a favor del consorcio de propietarios, a cargo del administrador, de un seguro de responsabilidad profesional emitido por una compañía de seguros. Se exceptúa de las obligaciones impuestas en este artículo a los/as administradores/as voluntarios/as gratuitos/as.;
Que la precitada imputación de oficio se sustentó en el informe IF-2020-13518257GCABA-DGDYPC emitido por el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, del cual surgiría que habiendo vencido el plazo dispuesto por las Disposiciones DI-2016-3920-DGDYPC, DI-2017-5144-DGYDPC y DI-2019- 1302DGDYPC, la administradora no habría presentado las declaraciones juradas de la matrícula 501 correspondientes al año 2018, así como tampoco las declaraciones juradas de consorcios 504 correspondientes a los años 2016, 2017 y 2018;
Que por su parte, encontrándose debidamente notificada de la imputación, mediante correos electrónicos que se remitieran a la casilla de correo que constituyera por ante el precitado Registro Público, y mediante cédula de notificación enviada al domicilio constituido por ante dicho Registro, la sumariada optó por no presentar descargo, de modo que no niega ni desconoce los hechos que le fueran presuntivamente atribuidos así como la documental obrante en marras;

BO-2022-6520-GCABA-DGCLCON

Página 390 de 730

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/12/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha15/12/2022

Nro. de páginas731

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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