Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/12/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6519 - 14/12/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 390

Que asimismo, el incumplimiento de la obligación establecida en el artículo 9 inciso p coloca a los copropietarios en una situación de total desprotección dado que se los priva de tener pleno conocimiento de los reclamos que pesan sobre el consorcio que habitan y, por ende, se les restringe la posibilidad de participar respecto de una cuestión que repercute sobre el devenir diario del consorcio administrado y que, como sucede en autos, involucra grandes cantidades de dinero sobre las que la imputada es mera administradora;
Que por su parte, la falta de presentación de las declaraciones juradas cuya obligatoriedad impone el artículo 12 de la Ley 941, impide el debido control administrativo sobre las matrículas otorgadas, sustrayendo al sumariado de la vigilancia gubernamental;
Que acorde reza el artículo 16 de la Ley 941, el monto de la sanción puede fijarse entre trescientas 300 unidades fijas y veinte mil 20.000 unidades fijas conforme lo determine anualmente la Ley Tarifaria;
Que la Ley 6384 Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha establecido el valor de dicha unidad en PESOS VEINTIOCHO CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS $28,39.-;
Que de las constancias obrantes en autos, se observa que Claudia Rita Álvarez de Farinella administraba a título oneroso el consorcio de la Av. Corrientes 4505 de esta Ciudad;
Que finalmente, hay que tener especial consideración que la citada no es reincidente en los términos del artículo 16 de la Ley 941;
Que en base a lo expuesto, se deberá aplicar sanción de multa por el equivalente a tres mil quinientas 3.500 unidades fijas, ascendiendo la misma a la suma de PESOS
NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO $99.365.-;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales tomó la intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 941, LA DIRECTORA GENERAL DE DEFENSA
Y PROTECCION AL CONSUMIDOR
DISPONE
Artículo 1º - Sancionar a CLAUDIA RITA ALVAREZ DE FARINELLA, CUIT N 2718409963-8, RPA N 1249, con multa de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL
TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO $99.365.- por haber incurrido en infracción a los artículos 9 incisos k y p y 12 de la Ley 941.
Artículo 2º - La multa deberá abonarse mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta N 210.196/1, Registro Público de Administradores de Consorcios Ley 941, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la presente, debiendo acreditarse dicho pago en esta causa con el comprobante de depósito original, dentro del plazo precedentemente establecido.
Artículo 3º - Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza
BO-2022-6519-GCABA-DGCLCON

Página 390 de 705

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/12/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha14/12/2022

Nro. de páginas706

Nro. de ediciones5605

Primera edición06/08/1996

Ultima edición07/05/2024

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