Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/10/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6473 - 03/10/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 390

Que la Disposición N3500-DGOEP/16, instruye los requisitos para solicitar permiso para emplazar un puesto de flores en el espacio público;
Que, en todos los casos, los permisos de uso en el espacio público se otorgan con carácter precario, personal e intransferible;
Que, asimismo, éstos constituyen una tolerancia que la Administración Pública concede en ejercicio de sus poderes de policía del dominio público, llevando implícita la condición de ser en todo momento compatible con el interés público y, por consiguiente, pasible de ser otorgado o revocado en razón de oportunidad, mérito o conveniencia, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, conforme lo dispuesto por el Capítulo 11.6 del Código de Habilitaciones y Verificaciones Texto Consolidado por Ley Nº 6.347;
Que, por el expediente citado en el Visto, el Señor MARIO CESAR FERRARI, DNI
20.425.346, CUIT 20-20425346-4, solicitó la autorización para la instalación de un Puesto de Flores, por el cual se otorgó mediante Resolución N 34548623-GCABACOMUNA12-2021, sobre la acera de Av. Mendoza al 5430;
Que, mediante nota el Sr. MARIO CESAR FERRARI, solicita la reubicación del puesto destinado a la venta de flores y plantas naturales, por lo que el escaparate aún no se encuentra emplazado en la ubicación antes otorgada;
Que se ha verificado la viabilidad de la reubicación solicita;
Que, se deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones generales impuestas por el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y específicamente a lo dispuesto en el Capítulo 11.6 del mismo;
Que, para el emplazamiento del Puesto de Flores se deberá cumplimentar con la totalidad de la normativa que rija la materia, quedando condicionado el permiso al acatamiento estricto de la normativa respectiva por parte del permisionario y atendiendo especialmente las características de Equipamiento establecidas en el Manual de Diseño Urbano;
Que conforme lo establecido por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N 1.777 T.C. Ley Nº 6.347, Nº6269, y N 6.292, los Decretos N 453-AJG/12, N 463-AJG/19 y sus modificatorios, N277/AJG/22, Disposición Nº 3500-DGOEP/16 y la Resolución Nº 34/SECACGC/21, se encuentran reunidos los requisitos a fin de hacer lugar a lo solicitado;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
EL PRESIDENTE
DE LA JUNTA COMUNAL Nº 12
RESUELVE:
Artículo 1.- Déjese sin efecto la Resolución N 34548623-GCABA-COMUNA12/21.
Artículo 2.- Otorgase desde la suscripción de la presente y por el término de dos 2
años, al Sr. MARIO CESAR FERRARI, DNI 20.425.346, CUIT 20-20425346-4, para el emplazamiento de puesto de flores sobre la acera de la calle Andonaegui a la altura 2073 esquina Av. Mendoza.
Artículo 3º- Ordenase al permisionario respetar las características para Mobiliario Urbano establecidas en la sección de Equipamiento establecidas en el Manual de Diseño Urbano de la Ciudad de Buenos Aires y los siguientes parámetros para el emplazamiento del puesto de flores:
a El escaparate deberá mantenerse en perfecto estado de conservación y aseo, tanto en su parte externa como interna.

BO-2022-6473-GCABA-DGCLCON

Página 390 de 609

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/10/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha03/10/2022

Nro. de páginas610

Nro. de ediciones5613

Primera edición06/08/1996

Ultima edición24/06/2024

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