Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/12/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6281 - 22/12/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 21

c. El Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Mario Manso S.Aregistrado bajo el N 26512011-RL-2021- DGEGRAL;
d. El "Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Livnot S.A suscripto con fecha 2 de Agosto de 2021 registrado bajo el N 26516986-RL-2021-DGEGRAL;
e. El Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Proyecto 43 S.A., suscripto con fecha 3 de Septiembre de 2021
registrado bajo el N 26522689-RL-2021-DGEGRAL;
f. El Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Martesboys S.A suscripto con fecha 06 de septiembre 2021
registrado bajo el N 27257046-RL-2021- DGEGRAL.
g. El Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Management Libertador S.A suscripto con fecha 10 de septiembre de 2021 registrado bajo el N 27265847-RL-2021-DGEGRAL.
h. El Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Arcos 1865 S.A suscripto con fecha 9 de septiembre de 2021
registrado bajo el N 27267394-RL-2021- DGEGRAL.
i. El Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e Instrumentos Musicales S.A suscripto con fecha 10 de septiembre de 2021 registrado bajo el N 27287313-RL-2021-DGEGRAL;
j. El "Convenio Urbanístico celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 11DS 1500 S.A suscripto con fecha 10 de septiembre de 2021
registrado bajo el N 27269130-RL-2021-DGEGRAL;
Art 2.- Los fondos que reciba la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad con lo previsto en la Cláusula Primera de los Convenios que se aprueban mediante la presente ley, deberán destinarse para promover el desarrollo urbano equitativo y sustentable del Área Central de la Ciudad de Buenos Aires, facilitando su residencialización, financiando proyectos de construcción, adecuación o puesta en valor de equipamientos urbanos, la conformación de áreas peatonales y calles de convivencia con vistas a su revitalización y diversificación funcional.
Art 3.- Incorpórase el artículo 7.2.15 "Áreas de Desarrollo Urbano Especial" al Título 7
"Lineamientos del Hábitat" del Código Urbanístico, de acuerdo al siguiente texto:
"7.2.15 Áreas de Desarrollo Urbano Especial Corresponde a parcelas o manzanas que son objeto de Convenio Urbanístico.
Se delimitan en el Anexo III "Atlas" y en el Anexo IV "Planchetas de Edificabilidad y Usos".
Su normativa aplicable se define para cada caso en particular y se encuentra en el Anexo II "Áreas Especiales Individualizadas."

BO-2021-6281-GCABA-DGCLCON

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/12/2021

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha22/12/2021

Nro. de páginas388

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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