Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/8/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6196 - 19/08/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 229

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N 941, LA DIRECTORA GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DISPONE
Artículo 1- Sancionar a VIVIAN EDUARDO DE OLIVEIRA, CUIT 27-93799928-9, RPA
N 10643, con multa de PESOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y
CINCO $42.585.-, por haber incurrido en infracción a los artículos 9 inciso f y 10
inciso h de la Ley 941, y sobreseerla de la imputación por presunta infracción al artículo 9 inciso b del mismo texto normativo.
Artículo 2- La multa deberá abonarse mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta N 210.196/1, Registro Público de Administradores de Consorcios Ley 941, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la presente, debiendo acreditarse dicho pago en esta causa con el comprobante de depósito original, dentro del plazo precedentemente establecido.
Artículo 3º - Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza
DISPOSICIÓN N.º 2561/DGDYPC/21
Buenos Aires, 29 de junio de 2021
VISTO: El Expediente Electrónico N 28836735-GCABA-DGDYPC-2019, y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley N
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia de la Sra. DANIELA
DEYANIRA GALVALIZ PEREZ, DNI 35.321.313, contra ALEJANDRO JAVIER MANCINI, CUIT 20-25096196-1, por presunta infracción a la Ley Ritual;
Que por Informe IF-2019-38261758-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de Administradores de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que Alejandro Javier Mancini se encuentra inscripto bajo la matrícula N 5447;
Que por providencia PV-2020-08317457-GCABA-DGDYPC se le formula imputación por presunta infracción al artículo 9 inciso f de la Ley 941;
Que dada la situación de emergencia sanitaria dispuesta en el ámbito de esta Ciudad, la misma fue notificada mediante correo electrónico dirigido a la casilla constituida por el administrador ante el precitado Registro Público con fechas 10/03/2021 y 14/04/2021;
Que debidamente notificado, el sumariado presenta descargo y acompaña prueba documental;
Que no quedando diligencias pendientes de producción, pasaron los autos a resolver;
Que en este estado de las actuaciones, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó al administrador la presunta infracción al artículo 9 inciso f de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 9º.Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: f.
Conservar la documentación del consorcio y garantizar el libre acceso de los consorcistas a la misma
BO-2021-6196-GCABA-DGCLCON

Página 229 de 460

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/8/2021

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha19/08/2021

Nro. de páginas461

Nro. de ediciones5613

Primera edición06/08/1996

Ultima edición24/06/2024

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