Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/4/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6092 - 07/04/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 56

Artículo 4.- Los gastos que demanden los trabajos dispuestos por el artículo 1
deberán ser abonados por BK DEVELOPERS S.A CUIT 33-71605499-9 y/o quien resulte ser propietario del inmueble en la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, conforme lo determine la Dirección General de Contaduría.
Artículo 5.- Regístrese. Notifíquese al titular, BK DEVELOPERS S.A CUIT 3371605499-9 y/o quien resulte ser propietario del inmueble ubicado en la calle Cramer 3206 esquina J.P. Tamborini sin numeración entre linderos Cramer 3210 y J.P.
Tamborini 2921,, de esta Ciudad. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Asistencia Operativa Comunal dependiente de la Subsecretaría de Gestión Comunal, y oportunamente a la Dirección General de Contaduría General, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, cumplido, archívese. Hernández
RESOLUCIÓN N.º 32/SSGCOM/21
Buenos Aires, 26 de marzo de 2021
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N 1.777 y Nº 6292, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCBA/97, los Decretos N
453/GCBA/12, N 40/GCBA/14, N463/GCBA/19, y N 130/GCBA/20, la Resolución N
446/MJGGC/16, y el Expediente Nº 2020-07451798-COMUNA12, y CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 26
establece el derecho de toda persona a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras;
Que por Ley N 1.777 Texto consolidado por Ley Nº 6347, se sancionó la Ley Orgánica de las Comunas con las finalidades de promover la descentralización de las funciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires preservando su integridad territorial, mejorar la eficiencia y la calidad de las prestaciones que este brinda, así como cuidar el interés general y asegurar el desarrollo sustentable, entre otras;
Que mediante la Ley N 6.292 Texto consolidado por Ley Nº 6347 se aprobó la Ley de Ministerios, creándose la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto Nº 463/GCABA/19 se aprobó la estructura orgánica del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, contemplando a la Subsecretaria de Gestión Comunal bajo la órbita de la de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal;
Que asimismo el mentado cuerpo legal, contempla bajo la órbita de la Subsecretaria de Gestión Comunal a la Dirección General de Competencias Comunales y Talleres, la cual posee entre sus competencia la de "Ordenar acciones de higienización de inmuebles de las Comunas" y a la Gerencia Operativa de Asistencia Operativa Comunal, dependiente de la mencionada Dirección General, la cual ejecuta las acciones de higienización de inmuebles de las Comunas;

BO-2021-6092-GCABA-DGCLCON

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/4/2021

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha07/04/2021

Nro. de páginas459

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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