Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/11/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 6007 - 27/11/2020
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 112
Artículo 3º.- Desígnase a partir del 1º de octubre de 2020, al Dr. Martín Andrés Galante, DNI Nº 24.560.342, CUIL Nº 20-24560342-9, como Director General de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los interesados, dejando constancia que deberá darse cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 de la Ley N 4.895 texto consolidado según Ley N 6.017;
comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Straface p/p
RESOLUCIÓN N.º 61/DEJENTUR/20
Buenos Aires, 17 de julio de 2020
VISTO: Las Leyes Nº 2.095 texto consolidado por Ley Nº 6.017 y modifiatorias, N
2.627 texto consolidado por Ley N 6.017 y modificatorias, los Decretos Nº 168GCABA/19 y Nº 207-GCABA/19, la Resolución Conjunta N 294-MHFGC/20, las Resoluciones Nº2-ENTUR/20, N 65-ENTUR/20 Y 115-ENTUR/20, la Disposición N
359- DGCYC/20, el Expediente Electrónico EX-2020-10244339-GCABA-DGTALET, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico citado en el VISTO tramita la contratación directa por emergencia con modalidad de orden de compra abierta Nº 2296/SIGAF/2020 que tiene por objeto la contratación del servicio de alojamiento del Hotel Argenta Tower para personas con sintomatología, diagnóstico correspondiente al virus COVID-19 coronavirus o el uso que aquel amerite atento lo requiera la situación epidemiológica en relación al comportamiento del virus en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resolución N 65-ENTUR/20 se aprobó el procedimiento mencionado en el considerando precedente y se aprobó el contrato suscripto con la firma ARGENTA
TOWER HOTEL & SUITES S.A.;
Que, la cláusula SEXTA del referido contrato estableció que la vigencia del mismo no se extenderá más allá del 30 de abril de 2020, inclusive y que LAS PARTES podrán ampliar el plazo de vigencia del CONTRATO por escrito y de común acuerdo
Que en tal sentido, subsistiendo la necesidad de continuar con las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus COVID-19, la firma Argenta Tower Hotel & Suites S.A suscribió la ADENDA al contrato celebrado con el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, extendiendo la vigencia del mismo hasta el 30 de junio de 2020;
Que, en el marco de lo establecido en la Resolución Conjunta N 294-MHFGC/20 y la Disposición N 359-DGCYC/20, ha tomado intervención la Dirección General de Evaluación del Gasto de la Secretaría de Planificación, Evaluación y Coordinación de Gestión dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, autorizando el proceso de contratación;
BO-2020-6007-GCABA-DGCLCON
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