Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/11/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6003 - 20/11/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 158

LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Concédase el Certificado Urbanístico que como Anexo I IF N
23.754.212/DGIUR/20 forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2º.- El Certificado Urbanístico aprobado por el artículo 1 de la presente Disposición, tendrá una vigencia de ciento ochenta 180 días corridos, prorrogables por una sola vez por otros ciento ochenta 180 días a petición del solicitante.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Tuya
ANEXO

DISPOSICIÓN N.º 1723/DGIUR/20
Buenos Aires, 2 de octubre de 2020
VISTO: El Código Urbanístico aprobado por Ley N 6.099, el Decreto N 99/GCABA/19
y el Expediente Nº 19.040.419/20, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el visto se solicita un Certificado Urbanístico de Obra Mayor a desarrollarse en el predio sito en la calle Llavallol Nº 2564/68 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que al respecto, el Código Urbanístico regula en el Titulo 2 del Anexo I los Certificados Urbanísticos, estableciendo en el punto 2.1. que El Certificado Urbanístico es el documento que certifica la regulación urbanística sobre usos del suelo, tejido y cargos públicas aplicable a la parcela y que el mismo deberá adjuntarse al expediente de Obra Mayor de conformidad a la normativa de edificación;
Que el Certificado Urbanístico que se solicita por las presentes actuaciones ha sido requerido para el Arq. Mario Sergio KATZ Matricula N 24.789;
Que se ha verificado en el Padrón Web del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo que el profesional se encuentra habilitado para el uso de la firma;
Que el Certificado Urbanístico tendrá una vigencia de ciento ochenta 180 días corridos, prorrogables por una sola vez por otros 180 días a petición del solicitante, conforme lo establecido en el punto 2.1.2 del Código Urbanístico;
Que el Decreto N 99/2019 regula los datos que deberá contener el Certificado Urbanístico;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa Morfología Urbana, mediante Informe N 23.544.466/DGIUR/2020 que obra en estos actuados, concluyendo que la propuesta presentada bajo declaración jurada cumple con los artículos 6.3 Perfil Edificable, 6.3.1. Construcciones Permitidas por sobre los Planos Límites, 6.3.2 Balcones, 6.4.4 Áreas Descubiertas, 6.4.3.1. Parquización desde L.I.B., 6.4.4.7. Enfrentamiento de areas descubiertas, 6.5.3. Edificios de Perimetro Semilibre, 6.5.3.1. Disposiciones particulares y 6.6 Regulación de Subsuelos del Código Urbanístico;

BO-2020-6003-GCABA-DGCLCON

página 158 de 486

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/11/2020

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha20/11/2020

Nro. de páginas487

Nro. de ediciones5612

Primera edición06/08/1996

Ultima edición06/06/2024

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