Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/4/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5839 - 01/04/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 3

Poder Ejecutivo Decreto de Necesidad y Urgencia
DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N. 4/20
Buenos Aires, 1 de abril de 2020
VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nros.
260/PEN/2020, 297/PEN/2020 y 325/PEN/2020, la Ley N 15 texto consolidado según Ley N 6.017, El Decreto de Necesidad y Urgencia N1/20, el Expediente Electrónico N 10697755- GCABA-DGAJRH/20, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N 260/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N
27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud OMS en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de Un 1 año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;
Que la Organización Mundial de la Salud OMS ha declarado que el Coronavirus COVID-19 se está propagando de persona a persona, aceleradamente a nivel mundial declarando al coronavirus como una pandemia;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 Coronavirus;
Que asimismo, por el precitado Decreto de Necesidad y Urgencia, se prorrogó de manera excepcional la vigencia de las licencias de conducir, de los registros de transportes de taxis, remises, de escolares y vehículos al servicio de mensajería y delivery, a las licencias de taxis, de las obleas de la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria para los vehículos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Certificados Únicos de Discapacidad, para evitar la aglomeración de personas en los lugares en que se realizan, como así también se suspendieron los plazos previstos en la Ley N 1.217 de Procedimiento de Faltas;
Que, por otro lado, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N 297/PEN/20, se dispuso la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio", desde el 20 hasta el 31 de marzo del corriente año inclusive, previéndose la posibilidad de prorrogar dicho plazo por el tiempo que se considerare necesario en función de la evolución epidemiológica;
Que en atención a las recomendaciones brindadas por destacados expertos en epidemiología al Presidente de la Nación y al Ministro de Salud de la Nación, sobre la conveniencia, a los fines de proteger la salud pública, de prorrogar el "aislamiento social, preventivo y obligatorio", mediante Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N
325/PEN/2020, se dispuso la prórroga de la medida, extendiéndose la misma hasta el 12 de abril del corriente año inclusive;

BO-2020-5839-GCABA-DGCCON

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/4/2020

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha01/04/2020

Nro. de páginas346

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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