Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 8/3/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5573 - 08/03/2019

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 100

Que la presente se dicta sin perjuicio de las facultades propias de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas de controlar las condiciones generales de ingreso que, en resguardo de los intereses del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, deben respetarse para cualquier incorporación de personal a esta administración;
Que en tal entendimiento, resulta necesario establecer que si del análisis de la documentación presentada surgiera algún impedimento para el ingreso o se incumpliera el plazo previsto para la presentación de la documentación, la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos resolverá dejar sin efecto la designación.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N 2155 y su Decreto reglamentario N 308/2008, EL SEÑOR SUBSECRETARIO DE LA SUBSECRETARIA
DE ATENCION PRIMARIA AMBULATORIA Y COMUNITARIA
RESUELVE
Artículo 1.- Desígnase, con carácter de titular a la Fca. Analia Capello, DNI.
33.456.404, CUIL. 27-33456404-0, como Profesional Farmacéutico de Planta Asistente, con 30 horas distribuidas en 6 hs. De capacitación y 24hs. repartidas en no menos de 4 días a la semana para cubrir el turno vespertino, Partida 4001.1000.MS.24.030, para el programa de Atención Primaria de la Salud, dependiente del Ministerio de Salud, en el marco de la entonces Ordenanza N 41455, abrogada por la Ley Nº 6035 BOCABA Nº 5508.
Artículo 2.- Déjase establecido que, el agente deberá tomar el cargo para el que fue designado dentro de los siguientes treinta 30 días corridos de notificado, produciéndose la correspondiente "Alta" en el sistema de liquidación de haberes a partir de la fecha de comienzo efectivo de tareas.
Artículo 3.- Dentro del plazo de sesenta 60 días hábiles contados a partir de la fecha de comienzo efectivo de tareas, el agente deberá presentar la documentación necesaria y concurrir a la Dirección General de Administración de Medicina del Trabajo de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos para obtener el pronunciamiento sobre aptitud médica.
Artículo 4.- Déjase establecido que si vencido el plazo, el agente no hubiera cumplido con lo dispuesto en el artículo anterior, o si del análisis de la documentación presentada surgiera alguna incompatibilidad, o se verificara falta de aptitud médica, la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos resolverá dejar sin efecto la presente designación.
Artículo 5.- Regístrese. El área de personal deberá notificar al agente dentro de las cuarenta y ocho 48 horas. Comuníquese a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud y a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes y de Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Ferrante p/p
RESOLUCIÓN N. 34/SSAPAC/19
Buenos Aires, 27 de febrero de 2019
VISTO:
La Ley Nº 2155, el Decreto Reglamentario N 308/2008 y el EX-2019-06083700- GCABA-DGAYDRH, y BO-2019-5573-GCABA-DGCCON

página 100 de 476

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 8/3/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha08/03/2019

Nro. de páginas477

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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