Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 4/10/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5226 - 04/10/2017

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 295

administración a efectos de verificar documentación. Por otro lado, mencionaron una citación a Audiencia comunitaria donde consta la incomparecencia del denunciante, una nota de fecha 03/08/16, donde en su punto 8, remiten a actuaciones judiciales por la ejecución de expensas y refieren al acta de audiencia conciliatoria de fecha 18 de diciembre de 2015 en la que el señor Berezovsky se habría comprometido a acompañar copias de pagos de expensas que nunca fueron presentadas;
Que al respecto, se desprende del relato de los imputados y de las constancias documentales que acompañaron -acta de asistencia a Audiencia comunitaria cuyo objeto trata DIFERENCIAS DE LIQUIDACIÓN DE EXPENSAS y nota de fechas 03/08/16, punto 8-, que estos obraron, más allá de las diferencias que no competen a este Organismo resolver, de acuerdo a las pautas establecidas en el presente inciso;
Que por las razones expuestas, se desprende que el accionar de los sumariados no configuró una infracción al artículo 9, inciso f debiendo ser sobreseídos;
Que por otra parte, se imputó a los administradores la presunta infracción al artículo 10, incisos a, e, f, g, h, i de la Ley Nº 941, cuyo texto dispone: De las liquidaciones de expensas: Las liquidaciones de expensas contendrán: a. Datos del administrador nombre, domicilio, teléfono, C.U.I.T. o C.U.I.L., Nº de inscripción en el Registro. e. Detalle de los pagos por suministros, servicios y abonos a contratistas, indicando nombre de la empresa, dirección, Nº de C.U.I.T o C.U.I.L., Nº de matrícula, trabajo realizado, elementos provistos, importe total y en su caso, cantidad de cuotas y número de cuota que se abona. f. Detalle de pagos por seguros, indicando nombre de la compañía, número de póliza, tipo de seguro, elementos asegurados, fechas de vencimiento de la póliza y número de la cuota que se abona. g El recibo del administrador por el cobro de sus honorarios, detallando Nº de C.U.I.T., número de inscripción en el Registro de Administradores, consignando su situación fiscal, importe total y período al que corresponde. h En caso que existieran juicios por cobro de expensas o por otras causas en los que el Consorcio sea parte, se indicará en la liquidación mensual todos los datos del mismo número de juzgado interviniente y expediente, carátula, objeto y estado y capital reclamado. i. Incluir el resumen de movimientos de la cuenta bancaria del Consorcio correspondiente al mes anterior;
Que la presunta infracción al inciso a se fundamentó en el análisis de los formularios de liquidación de expensas del Consorcio de Propietarios Asamblea 1128/32, por periodos agosto y septiembre del 2015, donde se observaron incompletos los datos del administrador: nombre, número de CUIT y número de inscripción en el Registro;
Que los denunciados entendieron satisfechos dichos incumplimientos con la información contenida en los formularios de liquidación de expensas y en las Actas de Asamblea Ordinaria. Con respecto a los datos de la administración, manifestaron que se encuentran en el membrete de la hoja de liquidación de expensas;
Que en relación a los argumentos vertidos, cabe señalar que quien suscribe los formularios de liquidación de expensas como administrador es DIAZ VELEZ
PROPIEDADES, CUIT 20-18534597-2, RPA N 154. Así, del estudio de los formularios surge que el N de RPA 154 de quien suscribe corresponde a SZMAJSER PROPIEDADES SRL. El CUIT de SZMAJSER PROPIEDADES SRL, no se observa en los formularios de liquidación de expensas mencionados. Por otro lado, el N de CUIT
de quien suscribe el formulario de liquidación de expensas corresponde a SZMAJSER
JOSE, no encontrándose detallado su N de RPA;
Que en base a ello, y más aún cuando el nombre del administrador que suscribe los formularios de liquidación de expensas es DIAZ VELEZ PROPIEDADES y no el de los sumariados, tratándose de dos administradores actuando conjuntamente, corresponde tener por acreditada la infracción al presente inciso por no hallarse completos los datos del administrador;
Que la presunta infracción al inciso e se fundamentó en los formularios de liquidación de expensas mencionados, en los cuales se estaría omitiendo detallar nombre de la empresa, dirección, N de CUIT o CUIL y N de matrícula;

BO-2017-5226-DGCCON

página 295 de 501

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 4/10/2017

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha04/10/2017

Nro. de páginas502

Nro. de ediciones5612

Primera edición06/08/1996

Ultima edición06/06/2024

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