Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/8/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4936 - 03/08/2016

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lopérfido
ANEXO

RESOLUCIÓN N. 5073/MCGC/16
Buenos Aires, 7 de julio de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 16844682-DGTALMC-16, los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N
182-GCABA-15, la Resolución N 755-MHGC-15, la Resolución FC N 126-MHGC-15
y la Resolución Nº 5041-SC-2005, y CONSIDERANDO:
Que, el señor Ministro del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia la contratación de una persona para el desarrollo de actividades en el marco de la programación prevista para el ejercicio 2016;
Que, el citado Ministerio ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;
Que, conforme surge de los antecedentes obrantes en la actuación citada en el Visto de la presente, la contratación referida ha sido prevista en el Sistema Informático de Contrataciones Personales;
Que, se ha dado debido cumplimiento a los recaudos establecidos en el Decreto Nº 224-GCABA-2014 y modificatorios;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 224-GCABA-2013 y N 182-GCABA-15, la Resolución N 755-MHGC-15 y la Resolución FC N 126MHGC-15, EL MINISTERIO DE CULTURA
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyo nombre, apellido, documento y demás datos se consignan en el Anexo I SADE IF-2016-16922550- MCGC y que a todos sus efectos pasa a formar parte de la presente resolución.
Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios mencionado en el Anexo I que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.
Artículo3º.-A los efectos del cobro, mensualmente deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.
Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Página 107

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/8/2016

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha03/08/2016

Nro. de páginas373

Nro. de ediciones5607

Primera edición06/08/1996

Ultima edición09/05/2024

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