Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 30/6/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4913 - 30/06/2016

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL
DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DISPONE:
Artículo 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, el que como Anexo Pliego NºPLIEG-2016-16220019DGTALET, forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º.- Autorízase el llamado al Proceso de Compra BAC 9268-0728-LPU16, al amparo del Artículo 31, concordante con el 1er párrafo del Artículo 32 de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria, reglamentada por el Decreto N 95/15 y modificatorio, tendiente a la contratación de un Servicio de Producción Integral para el evento "Es tu día en Buenos Aires 2016" a realizarse el día 19 de Agosto del año en curso, en el Distrito Audiovisual, sito en la calle Zapiola Nº 50 de esta Ciudad.
Artículo 3º.- Aféctese preventivamente la suma total de PESOS UN MILLÓN
QUINIENTOS MIL CON 00/100 $ 1.500.000,00, a la partida presupuestaria correspondiente al año en curso.
Artículo 4º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de dos 2
días, comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones, de Contaduría, y a la Unidad de Auditoría Interna, y para su intervención y posterior trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Campos
ANEXO

DISPOSICIÓN N. 71/DGTALET/16
Buenos Aires, 27 de junio de 2016
VISTO:
La Ley Nº 471, la Resolución Nº 6/MMGC/15, el Expediente Electrónico Nº 16146256MGEYA-ENTUR- 2016 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, establece el marco normativo compuesto por un conjunto de derechos, obligaciones y prohibiciones aplicables a las relaciones de empleo público de los trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 10 inc. a, de la misma Ley, al regular el instituto de "jornada de trabajo", estableció la obligación del personal a realizar sus tareas eficientemente y en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad determinados por la autoridad competente;
Que, en éste sentido, el artículo 38 de la Ley Nº 471, regula la jornada de trabajo del personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, estableciendo que: "La jornada de trabajo es de 35 horas semanales, salvo los que ya cumplieran horarios superiores con adicionales compensatorios, o estuvieran comprendidos en regímenes especiales, y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan por vía reglamentaria y por la negociación colectiva";

Página 201

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 30/6/2016

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha30/06/2016

Nro. de páginas309

Nro. de ediciones5612

Primera edición06/08/1996

Ultima edición06/06/2024

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