Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/2/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3852 - 10/02/2012

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N33

RESOLUCIÓN N.º 88/MJYSGC/12
Buenos Aires, 7 de febrero de 2012
VISTO:
La Ley 2.947, los Decretos Nº 55/10 y Nº 261/10, la Resolución Nº 357/MJYSGC/10, el Decreto 261/10, el Expediente Nº 241725/12, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto el Comisionado Oscar Mario Ferrari Director de Personal de la Superintendencia de Coordinación y Planificación del Desarrollo Profesional, informó que el día 3 de febrero de 2012 a las 23.00 horas personal de la Comisaría 40 de la Policía Federal Argentina, procedió a la detención de la Oficial LP 2863 Roxana Soledad Pereira del numerario de la Comisaría Nº 15
dependiente de la Superintendencia de Seguridad y Policía Comunitaria, con motivo de las actuaciones judiciales instruidas por infracción a la Ley 23.737 con intervención del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal Nº 10, Secretaría Nº 19;
Que en virtud de lo expuesto por el Comisionado Ferrari, y atento lo expresado por el Jefe de la Policía Metropolitana Sr. Horacio Giménez mediante Providencia Nº 243032/12, deviene necesario la instrucción de Sumario Administrativo a fin de esclarecer los hechos y responsabilidades que pudieran caberle a la Oficial Pereira, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 2947, los Decretos Nº 55/10, Nº 261/10 y Nº 36/11 y Resolución Nº 357/MJYSGC/10;
Que el Decreto Nº 55/10, en el Artículo 1.2 de su Anexo 2 enumera entre las responsabilidades primarias de la Auditoría Externa Policial, la de Realizar las investigaciones administrativas correspondientes y sustanciar los sumarios administrativos;
Que el Decreto Nº 261/10, en su Artículo 8 dispone: La Auditoría Externa Policial realizará las investigaciones administrativas y sustanciará los sumarios solicitados por el Jefe de la Policía Metropolitana o el Ministro de Justicia y Seguridad, o en aquellos casos que se denuncien, o en los que se hayan presumido irregularidades, y el Artículo 10 faculta a la Auditoría Externa Policial a elaborar un proyecto de régimen procesal de investigaciones y sumarios administrativos;
Que, asimismo mediante la Providencia Nº 243032/12 agregada a fojas 5, el Jefe de la Policía Metropolitana considera necesario, atento la gravedad de las imputaciones formuladas, que la encartada cambie su situación de revista y pase a revistar en situación de Servicio Pasivo, con efecto retroactivo, desde las 23.00 horas del día 3 de febrero del corriente año;
Que, por su parte, la Ley Nº 2947 prevé, en su artículo 28, el servicio pasivo como una situación en la que puede hallarse el personal en actividad con estado policial;
Que el artículo 30 del mismo plexo normativo establece que el personal con estado policial se encuentra en situación de disponibilidad cuando permanece separado de las funciones y tareas ordinarias que le correspondían por su grado;
Que el Art. 31 de dicho precepto legal establece que el personal policial revista en situación de servicio pasivo cuando no desempeña cargo o función alguna.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/2/2012

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha10/02/2012

Nro. de páginas183

Nro. de ediciones5612

Primera edición06/08/1996

Ultima edición06/06/2024

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