Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/7/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3207 - 02/07/2009

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N69

aprobada por Decreto Nº 446-GCBA/2006;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al Señor Rodolfo Juan Koblac, DNI. Nº 10.777.314, y para el cargo de Responsable Técnico, al Señor Alejandro Eugenio Alemany, DNI Nº 12.094.109;
Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo N209.614, el cual posee vigencia hasta el día 01/10/2009 y que fuera expedido en Legajo Nº 9.760.541 del Registro Nacional de Armas;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de la referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 1913 y por el Decreto Nº 446-GCBA/2006 para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Artículo 2º Inciso c del Decreto Nº 1755-GCBA/2006, por lo que corresponde el otorgamiento de la renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir de la fecha de la presente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
Artículo 1º.- Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de dos años, la habilitación concedida a la empresa EMPRESA DE SEGURIDAD E
INVESTIGACIONES PRIVADAS CONDUCTA S.R.L para prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la ley Nº 1913 en su Artículo 3º Punto 1- Servicios con autorización de uso de armas de fuegoIncisos a Custodias personales, mercaderías en tránsito y en depósitos, b Vigilancia privada, en lugares fijos sin acceso al público. Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incisos a Vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b Custodia y portería de locales bailables y confiterías y/o espectáculos en vivo, como otro lugar destinado a recreación, c Servicios de serenos en lugares fijos, privados o edificios de propiedad horizontal y d Vigilancia por medios electrónicos, ópticos y electro ópticos.
Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá solicitarse con 30 días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente.
Artículo 3º.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la renovación otorgada por el presente Acto Administrativo.
Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Urbana, a la Agencia Gubernamental de Control, al Registro Nacional de Armas y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Silva
DISPOSICION Nº 99-DGSPR/09
Buenos Aires, 20 de mayo de 2009
VISTO: la Ley Nº 1913 B.ONº 2363; los Decretos Nº 446-GCBA/2006 B.O Nº 2436 y Nº 1755GCBA/2006 B.O Nº 2556, las Disposiciones Nº 037-DGSSP/2003, N

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/7/2009

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha02/07/2009

Nro. de páginas158

Nro. de ediciones5612

Primera edición06/08/1996

Ultima edición06/06/2024

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