Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/5/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3175 - 15/05/2009

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N44

Peugeot que circulaba por la calle Neuquén, y que cruzó con el semáforo en rojo. Dijo que se dirigían a la calle Holmberg por el camino que siempre tomaban, y que el agente Iza siempre conducía la camioneta a una velocidad de aproximadamente 50 o 60 kilómetros por hora.
Que a consecuencia del impacto, el automóvil particular se desvió y embistió de frente la columna del semáforo, mientras que el vehículo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires sufrió daños en la parte delantera;
Que a fs. 45 prestó declaración informativa el Chofer de la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias Héctor Luis Iza, manifestando que el día 20 de setiembre de 2002, habiendo finalizado su trabajo, se dirigió a la Base General ubicada en la calle Holmberg 2550. Que mientras circulaba por la calle Boyacá y teniendo paso dado por la luz verde del semáforo, en la intersección con la calle Neuquén se le atravesó un Peugeot 505, cruzando con luz roja el semáforo. Que no obstante tratar de esquivarlo, chocó con su parte delantera izquierda la puerta delantera derecha del Peugeot 505 y lo desplazó contra un poste. Después del accidente, el deponente descendió del móvil y se dirigió a ver el estado en que se encontraba el otro vehículo, pudiendo observar que el conductor no llevaba puesto el cinturón de seguridad y presentaba cortes producidos por los vidrios a la altura de la oreja. Inmediatamente, el dicente se comunicó con el SAME. Dijo que el accidente ocurrió alrededor de las 12:30 horas, dentro de su horario laboral, y que al momento del hecho, se encontraba acompañado por el agente Hernández. Agregó que el camino que transitó ese día era el que habitualmente hacía. Ratificó el declarante el contenido del descargo de fs. 6, y reconoció como de su puño y letra la firma que lo suscribe;
Que como consecuencia del hecho, se instruyó la causa Nº 44.492/02, caratulada IZA
Héctor s/Denuncia de Lesiones Culposas, en la cual el Juzgado Correccional Nº 11, Secretaría Nº 71, resolvió en fecha 7 de junio de 2004, sobreseer a Héctor Luis Iza, por la presunta comisión del delito de Lesiones Culposas fs. 53;
Que, por su parte, por ante el Juzgado Nacional en lo Civil Nº 53, tramitaron los autos caratulados CHAVEZ, JUAN CARLOS c/ IZA, HÉCTOR LUIS Y OTRO s/Daños y Perjuicios Expte Nº 95.417/03, en los que se demandó al Sr. Héctor Luis Iza y al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a raíz del accidente ocurrido el 20 septiembre de 2002, en la intersección de las calles Boyacá y Neuquén fs. 49;
Que a fs. 97/102 luce glosada copia simple de la sentencia recaída en dichos autos, mediante la cual el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 53, resolvió con fecha 7 de agosto de 2007, condenar a Héctor Iza y al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a pagar al actor la suma de treinta y tres mil ochocientos cuarenta y un pesos $ 33.841.-, con más intereses y costas, haciendo extensiva la condena a la Caja de Seguros;
Que en la causa de referencia, señaló el Tribunal que no existe duda que el rodado propiedad de la demandada Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cruzó la intersección de Neuquén y Boyacá pese a que el semáforo allí existente -en rojo-, le vedaba el paso. Sostiene el Señor Juez que la responsabilidad del conductor Iza es, entonces, más que evidente, si estamos a que en los lugares donde aquel existe, el acatamiento a sus indicaciones es fundamental, sin que quepa invocar quien fue el embistente o quien tenía prioridad de paso, porque estas presunciones desaparecen ante la incuestionable realidad de haberse violado una prohibición especialísima.
Señala que acreditada la responsabilidad en la ocurrencia del ilícito, los accionados deberán responder por los daños y perjuicios que causó el obrar negligente del conductor, Conf. Art. 1067, 1068, 1069, 1113 y sus concordantes, Código Civil. Al igual que CAJA DE SEGUROS S. A, en los términos y con el alcance de su respectiva póliza Conf. Art. 117, 118, Ley 17.418;
Que con fundamento en la sentencia judicial antes señalada, se decretó el procesamiento administrativo del agente Héctor Luis Iza, F.C. Nº 320.484 fs. 103;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/5/2009

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha15/05/2009

Nro. de páginas184

Nro. de ediciones5610

Primera edición06/08/1996

Ultima edición14/05/2024

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