Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/9/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3019 - 22/9/2008

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N 40

regresando al punto de partida.
Que, a tales efectos la Dirección General de Culto, considera este evento es de vital importancia para los vecinos y feligreses de esta comuna; por lo tanto solicita se dé curso favorable a la presente gestión;
Que a tales efectos la Dirección General de Transito, considera viable el otorgamiento del pertinente permiso;
Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar los cortes totales de tránsito solicitados, dejando a consideración de la Subsecretaria de Seguridad Urbana para el dictado del acto administrativo respectivo;
Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N 51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas, EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE:
Articulo 1- Autorizar los cortes de tránsito solicitados por Eduardo Martínez Abad, Párroco de San José de Calasanz, través de la Dirección General de Cultos, el día sábado 23 de agosto de 2008, de 18:00 a 18:55 horas, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, con motivo de realizar una procesión religiosa, de acuerdo al siguiente recorrido:
Av. La Plata, por está, José Bonifacio, Senillosa, Av. Directorio, Av. La Plata, regresando al punto de partida. Esquema:
Corte parcial, sucesivo y momentáneo:
_ dos carriles sobre mano derecha, según sentido de circulación, de Av. La Plata y Directorio, liberando el tránsito a medida que van pasando los peregrinos.
_ media calzada de José Bonifacio y Senillosa, al momento de paso de los peregrinos.
Articulo 2- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Art. 2.1.10 de la Ley N 2.148.
Articulo 3- Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N 51277/96.
Articulo 4- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3 y 4 de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes.
Articulo 5- Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese a los solicitantes y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de Culto. Molinero

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/9/2008

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha22/09/2008

Nro. de páginas160

Nro. de ediciones5603

Primera edición06/08/1996

Ultima edición03/05/2024

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