Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/4/2003

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 1672

15/4/2003

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N 19

RESOLUCIÓN N 899/SHYF/03 continuación Que según contrato de fecha 13 de febrero de 1996, por el cual Maquivial S.A.I. - Ejecución S.A. - constituyeron la mentada Unión Transitoria de Empresas, quedó establecida la participación en los resultados a surgir del cumplimiento del objeto empresario y de los ingresos y gastos ordinarios y extraordinarios a producirse;
Que la misma alcanzaba al cincuenta por ciento 50% para Maquivial S.A.I. y el cincuenta por ciento 50% para Ejecución S.A.;
Que el 24 de octubre de 2002, luego de analizada la Disposición Financiera del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires fueron notificadas las alternativas que permitirían abonar la totalidad de la deuda verificada, posterior al 6/8/96, la cual ascendía a pesos veintidós mil cuatrocientos cuarenta con un centavo $ 22.440,01, conforme lo informado por las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería en el Anexo I de fecha 22 de abril de 1999, posteriormente ratificado el 9 de diciembre de 2002;
Que en consecuencia de lo expuesto cabe reconocer el pago del indicado monto, en los términos del Inc. a del Art. 14 del Decreto N 225/GCBA/96;
Que el 25 de noviembre de 2002 se aceptó cobrar tal acreencia, sin quita, en veinticuatro 24 cuotas mensuales a partir del 1 de enero de 1998;
Que el monto de cada obligación devengará intereses a la tasa del doce por ciento 12% efectivo anual desde el vencimiento incluido en cada una de ellas y hasta la fecha prevista para su cancelación conforme la opción de cobro decidida;
Que el pago de lo adeudado se formalizará a los treinta 30 días de dictada la presente y su importe total y único será de pesos veintidós mil cuatrocientos cuarenta con un centavo $ 22.440,01 acumulará sin ningún otro adicional los montos sumados de aquellas cuotas incluidas en la propuesta aceptada, vencidas a la fecha de este decisorio Arg. Art. 1 incisos a y b de la Resolución N 236/SSHYF-SSG/97;
Que la metodología de cálculo se efectuará sobre la base del número de cuotas contempladas en la Opción de cobro N 2, elegida, y las mismas tendrán incorporadas los intereses sobre saldo, conforme al sistema francés de amortización, a la tasa de interés del doce por ciento 12 % efectivo anual, ya relacionada;
Que la satisfacción del crédito reconocido se materializará en dos 2 pagarés Decreto N 225/GCBA/96 con cláusula "sin protesto" emitidos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en pesos, y por un monto de pesos once mil doscientos veinte $ 11.220,00 cada uno de ellos;
Que de un documento cancelatorio de la obligación será titular Ejecución S.A. y del restante Maquivial S.A.I.;
Que las sumas resultantes de ambos instrumentos de pago, relacionadas con antelación, se verán afectadas por la retención que pudiera corresponder en concepto de Impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos;
Que a los 28 días del mes de marzo de 2003, y según lo dispuesto por el Art. 7 del Decreto N 225/GCBA/96, se procedió a suscribir el Acta Acuerdo correspondiente por intermedio de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, y conforme con lo establecido por el Art. 9 del Decreto N 225/GCBA/96, EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1 - Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 28 de marzo de 2003, por la Dirección General Técnica Administrativa y Legal y Maquivial S.A.I. - Ejecución S.A. UTE, representada a través de los señores Horacio Jorge Gago DNI 8.189.454 y Luis Alberto Graña DNI 8.086.766 la cual, en su totalidad, como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Artículo 2 - Notifíquese a la Dirección General de Contaduría a los efectos de los Arts. 10 y 11 del Decreto N 225/GCBA/96.

Artículo 3 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería, Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, de Tesorería y de Contaduría. Pesce ACTA ACUERDO
Buenos Aires, 28 de marzo de 2003.
Entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado en este acto por el titular de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, conforme facultades otorgadas por Decreto N 2.329/GCBA/99, con domicilio en Avda. de Mayo 525, Ciudad de Buenos Aires, por una parte, y las firmas Maquivial S.A. - Ejecución S.A. - U.T.E., en adelante "El Acreedor", titular de los contratos oportunamente suscriptos con la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio en Viamonte 749, Piso 7, Oficina "1", Ciudad de Buenos Aires, representadas en este acto por los Sres. Luis Alberto Graña y Horacio Jorge Gago, en su carácter de apoderados, DNI 8.086.766 y 8.189.454 respectivamente, por la otra.
Antecedentes: "El Acreedor" solicitó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el reconocimiento de la deuda de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, conforme el procedimiento establecido en el Decreto N 225/GCBA/96.
Cumplidas las intervenciones previstas en el Decreto mencionado, corresponde la suscripción del Acta Acuerdo a que se refiere el artículo 7 de aquella norma, la que deberá ser aprobada por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas. Por ello, las partes acuerdan:
Artículo 1 - En el Anexo I, que suscripto por separado forma parte integrante de la presente, se detalla la suma considerada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos del presente Acuerdo, la cual asciende a pesos veintidós mil cuatrocientos cuarenta con un centavo $ 22.440,01, correspondiendo dicha suma en su totalidad a Deuda Posterior al 6/8/96.
Artículo 2 - "El Acreedor" ha aceptado la propuesta oportunamente efectuada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, pronunciándose por la Opción N 2, para la deuda vencida con posterioridad al 6/8/96, que supone el pago sin quita en veinticuatro 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con vencimiento la primera de ellas a partir del 1 de enero de 1998.
Artículo 3 - En consecuencia, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reconoce a "El Acreedor", el importe de pesos veintidós mil cuatrocientos cuarenta con un centavo $ 22.440,01, por facturas con vencimiento de pago posterior al 6.8.96, conforme el detalle aludido en el artículo 1 de la presente Acta Acuerdo. En atención a tratarse en el presente caso de una Unión Transitoria de Empresas, el pago se desdoblará, distribuyéndose a cada una de las empresas integrantes de la U.T.E. el 50% del monto verificado, es decir la suma de pesos once mil doscientos veinte $ 11.220 a Maquivial S.A. y pesos once mil doscientos veinte $ 11.220 a Ejecución S.A. Asimismo las partes convienen que el monto de cada obligación devengará un interés a la tasa fija del doce por ciento 12 % efectiva anual, desde el vencimiento incluído en cada una de ellas y hasta la fecha prevista para su cancelación, conforme la opción ejercida por "El Acreedor", consistente en 24
cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin quita, con vencimiento a partir del 1 de enero de 1998. El monto de deuda así determinado se abonará a los 30 días de dictada la Resolución aprobatoria del Acta Acuerdo, conforme lo dispuesto por la Resolución N 236/SSHYF-SSG/97. El mismo acumulará sin ningún otro adicional los montos sumados de todas las cuotas incluidas en la propuesta aceptada, las que se encuentran vencidas en su totali-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/4/2003

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha15/04/2003

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones5611

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/05/2024

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