Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/9/2018 (Anexo)

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 5460 - 19/9/2018

2.

3.

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N 2

Solicitud de información n. 2: que se informe sobre la existencia o no en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de programas para la detección temprana y el seguimiento de los alumnos con altas capacidades intelectuales. En caso de que tales programas existan, requiere que se le informe de modo circunstanciado cuáles son las estrategias de abordaje que se aplican en casos de niños con altas capacidades intelectuales, determinando:

a.

si se implementa en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la estrategia educativa de la aceleración o alguna otra similar entendida la aceleración como la admisión temprana del estudiante a un año académico más avanzado que el que normalmente correspondería a su edad, o bien la posibilidad de que el estudiante avance en los estudios a través de los años más rápidamente que lo usual; y
b.

si se implementa en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la estrategia educativa del enriquecimiento o alguna similar entendido el enriquecimiento como la realización de ajustes curriculares individualizados que tienen en cuenta las altas capacidades del estudiante, pero donde se mantiene la integración con la clase o grupo que en principio le corresponde.

Solicitud de información n. 3: que se informe la cantidad total de casos típicamente, expedientes administrativos que haya tratado el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desde el año 2006
hasta el presente, en los que se hayan evaluado, solicitado o implementado estrategias educativas específicas referidas a estudiantes con altas capacidades o alta inteligencia e.g., aceleración, enriquecimiento, u otras análogas, proporcionando:

a.
b.
c.

la identificación de los expedientes respectivos;
la copia de las resoluciones finales que hubieren recaído;
la indicación de la cantidad de tales expedientes que hubieren sido promovidos a instancias de la autoridad educativa y de los que hubieren sido promovidos a instancias de particulares;

d.

la indicación de la cantidad de tales expedientes que se refieran a instituciones estatales y de los que se refieran a instituciones privadas; y
e.

la indicación de la cantidad de tales expedientes en que se hubiere solicitado aceleración, flexibilización y enriquecimiento.

4.

Solicitud de información n. 4: que se identifiquen los funcionarios o el personal docente, ya sea en el ámbito de las escuelas o del Ministerio de Educación, que intervienen en los casos de niños con altas capacidades respecto de su evaluación o diagnóstico y a la decisión en cuanto a las estrategias a implementar; sin requerir la nómina de los funcionarios sino la identificación de su rol y escalafón.

5.

Solicitud de información n. 5: que se detallen las respectivas competencias y facultades decisorias de los funcionarios del punto anterior.

6.

Solicitud de información n. 6: que se detallen, por año lectivo, desde 2012 a 2018, la cantidad de niños que han sido preinscriptos a las salas de 3, 4 y 5 años con menor edad a la requerida en general, a tenor del artículo 40 del Anexo de la Resolución N 3.571-MEGC/15 referente al Sistema de Inscripción en Línea del Reglamento del Sistema de Inscripciones y Asignación de Vacantes para los establecimientos educativos de Gestión Estatal del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo copia de los expedientes o resoluciones que justificaron dichas preinscripciones; y suprimiendo, tachando, o disociando los datos personales de los niños y sus padres o representantes.

7.
8.

Solicitud de información n. 7: que se explique cuál es la metodología aplicada para diagnosticar las altas capacidades.
Solicitud de información n. 8: que se especifique cuál es el rol de los Equipos de Orientación Escolar EOE en general y específicamente en los casos de altas capacidades.

9.

Solicitud de información n. 9: que se proporcione copias de los informes que hubieren emitido los Equipos de Orientación Escolar EOE desde el 1 de enero de 2012 y hasta el presente en casos de altas capacidades, suprimiéndose los datos personales de los estudiantes involucrados.

10.

Solicitud de información n. 10: que se explique cuántos casos en los que se evaluaron, solicitaron o implementaron estrategias de enriquecimiento, flexibilización o aceleración existieron en el Jardín de Infancia Mitre Distrito Escolar N9
desde el 1 de enero de 2012 hasta el presente y cuál fue la estrategia de abordaje en cada caso; incluyéndose copias de lo actuado y suprimiéndose los datos personales de los niños involucrados.

La solicitante requirió, a su vez y finalmente, que la información y copia de la documentación objeto de la solicitud fuera enviada a su casilla de correo electrónico; y se puso a disposición para cualquier costo de reproducción o gestión que fueran necesarios para la entrega de la documentación e información solicitadas.
De las constancias del expediente electrónico N19089269/UAC14/2018 surge que la solicitud fue remitida el mismo día a la Dirección General de Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información DGSOCAI, de acuerdo con la Providencia N19136028/COMUNA14/2018. La DGSOCAI, autoridad de aplicación de la Ley N104 t.s. Ley N5.784 en el plano del Poder Ejecutivo, procedió, a su vez, a remitir, también en el mismo día, la solicitud de información a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de Educación e Innovación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/9/2018 (Anexo)

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaísArgentina

Fecha19/09/2018

Nro. de páginas732

Nro. de ediciones3384

Primera edición14/08/2008

Ultima edición14/05/2024

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