Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/4/2018 (Anexo)

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

Nº 5362 - 26/4/2018

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 2

ANEXO - RESOLUCIÓN N 62/SECDCI/18 continuación
mediante correo electrónico, entrevistas grupales y/o personales.
No obstante, el Organizador podrá llevar a cabo nuevas convocatorias en el marco del Programa, a fin de contar con un mayor número de colaboradores para las diversas tareas conexas a la realización de los Juegos.
3. CAPACITACIÓN
Los colaboradores serán capacitados en temas generales, referentes a los Juegos y sus aspectos globales como historia, valores olímpicos y principios, entre otros.; y además recibirán entrenamiento específico de las tareas que desempeñarán, según al área funcional que deseen colaborar.
4. PARTICIPACIÓN
La participación de los colaboradores en el Programa es absolutamente gratuita. Los gastos de alojamiento o de viaje a la República Argentina de los colaboradores no serán costeados por el Organizador.
No obstante, recibirán un snack y un almuerzo o una cena dependiendo de sus horarios.
Asimismo, el transporte público será gratuito para los colaboradores durante los Juegos.
Los colaboradores realizarán las diferentes actividades planificados en el marco o durante la celebración los Juegos, en el turno mañana o el turno tarde, a elección del mismo. Ambos serán turnos de entre 6 y 8 horas.
Asimismo, se le entregará a cada colaborador, la Acreditación de los Juegos Olímpicos de la Juventud y el Uniforme Olímpico de la Juventud, que le permitirá el acceso a los parques y lo identificará como miembro oficial de los Juegos.
Los colaboradores tendrán distintas funciones:
-

Asistencia al espectador, atleta y delegación
-

Servicios de traducción
-

Relaciones con medios de comunicación
-

Asistencia en competencia, salud y tecnología
Por otra parte, el Organizador proveerá a los colaboradores un seguro de accidentes personales.
Es pertinente destacar que los colaboradores deberán cumplir con las siguientes instrucciones y políticas: 1 usar los materiales provistos por el Organizador en relación con las funciones que se les asignen; 2 respetar la jornada que se le hubiese designado para los Juegos, y 3 cualquier otra instrucción o política que el Organizador le establezca.
Finalizados los Juegos, se entregará a cada colaborador, un certificado digital por cada capacitación realizada y otro por la participación en los Juegos.

5. DERECHO DE IMAGEN / PROPIEDAD INTELECTUAL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/4/2018 (Anexo)

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaísArgentina

Fecha26/04/2018

Nro. de páginas1148

Nro. de ediciones3375

Primera edición14/08/2008

Ultima edición25/04/2024

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