Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/4/2018 (Anexo)

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

Nº 5360 - 24/4/2018

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 3

Se considera como único domicilio válido el declarado en calidad de constituido ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores RIUPP.
Para las contrataciones mediante BAC se considerará domicilio electrónico el declarado como correo electrónico por el Administrador legitimado, en oportunidad de inscribirse en el RIUPP, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el caso de corresponder, se considerará como domicilio constituido el domicilio declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el mencionado registro.
Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos diez 10 días de su notificación al Gobierno. El GCABA
constituye domicilio en la sede de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sita en la República Bolivariana de Venezuela 151, Piso 12 de esta Ciudad. Todas la notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos aquí referidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en calle Uruguay N
458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en el domicilio que en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 1218 texto consolidado por Ley N 5666.
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N 2095
texto consolidado por Ley N 5666 se entienden realizadas a través del envío de mensajería mediante BAC en forma automática, y a partir del día hábil siguiente al de su notificación, conforme lo dispuesto en el artículo 85 del Anexo I del Decreto N 326/GCBA/17.
9. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
La presentación de la oferta deberá abarcar los aspectos administrativos, técnicos y económicos.
La apertura de la misma se efectuará en el día y horario que se fije en la publicación efectuada en BAC, en la invitación a cotizar cursada oportunamente y en la publicación efectuada en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, la presentación de la oferta deberá efectuarse, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley N 2095 texto consolidado por Ley N 5666, y su Decreto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/4/2018 (Anexo)

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaísArgentina

Fecha24/04/2018

Nro. de páginas847

Nro. de ediciones3379

Primera edición14/08/2008

Ultima edición03/05/2024

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