Boletín Oficial de Castilla y León del 4/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León

Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 87

Lunes, 4 de mayo de 2020

Pág. 14563

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en el Decreto-Ley 2/2020, de 16 de abril, y al amparo de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, RESUELVO:
Artículo 1. Objeto.
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al sector turístico de Castilla y León para hacer frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.
Artículo 2. Finalidad.
Las subvenciones reguladas en la presente orden tendrán por finalidad dotar de liquidez a las empresas turísticas que por motivo de la emergencia sanitaria derivada del COVID-19 están pasando dificultades económicas por la falta de ingresos en el sector.
Artículo 3. Gastos subvencionables.
1. Serán gastos subvencionables los gastos considerados como tales en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se devenguen en el período que fije la convocatoria.
2. Estas subvenciones financiarán los siguientes gastos de empresas turísticas de la Comunidad de Castilla y León:
a Los derivados de los suministros de electricidad, agua, gas y telecomunicaciones.
b Los de mantenimiento de instalaciones y maquinaria.
c El alquiler de locales, o en su caso hipotecas de los establecimientos donde se desarrolle la actividad turística. En el caso de hipotecas, el gasto subvencionable no podrá superar el 25 por ciento del gasto subvencionable total.
d Los seguros.
e Las cuotas por pertenencia a alguna asociación del sector.
f Los gastos de asesoría fiscal, contable o legal relacionados con el COVID-19.
g Los de mantenimiento de los programas informáticos actualizaciones desde el punto de vista funcional, legal y tecnológico; mantenimientos evolutivos, mantenimientos correctivos, mantenimientos de infraestructura, renovación de licencias etc., garantías, seguros y cánones del equipamiento informático, los gastos de conectividad, los servicios de alojamiento web alta, mantenimiento así como registro, renovación y gestión de dominios.
h Los gastos correspondientes a publicidad on-line Google adwords, publicidad en redes sociales, gastos por publicidad en otras páginas web, salvo las dirigidas a segmentos de mercado específicos o especializados y en general los gastos correspondientes a posicionamiento o incremento de presencia en internet.

CV: BOCYL-D-04052020-1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Castilla y León del 4/5/2020

TítuloBoletín Oficial de Castilla y León

PaísMéxico

Fecha04/05/2020

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones3077

Primera edición02/05/1979

Ultima edición22/06/2024

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