Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 30/7/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

Núm. 90.29 de julio de 2021

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

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CONSELLERIA DECONOMIA SOSTENIBLE, SECTORS PRODUCTIUS, COMER I TREBALL /
CONSELLERÍA DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO
03527-2021
SERVICIO TERRITORIAL DE TRABAJO
Resolución y Acta de la Comisión Negociadora de la empresa BP Oil España, SAU. Centro de Trabajo Refinería de Castellón, Código 12001932012000
Visto el texto del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la empresa BP OIL ESPAÑA SAU de la provincia de Castellón, presentado en esta Dirección Territorial en fecha 27 de mayo de 2021, en base a lo dispuesto en los arts. 89.1 y 90.2 y 3 del R.D.L.
2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como en el art. 2.1º del Real Decreto 713/10, de 28 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y en el art. 3 de la Orden 37/2010 de 24 de septiembre de la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ACUERDA:
PRIMERO.- Ordenar su inscripción en el registro de Convenios Colectivos de Trabajo de la misma, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.
SEGUNDO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Castelló de la Plana a 3 de junio de 2021
DIRECTOR TERRITORIAL DE ECONOMIA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO.
JOSE VICENTE ANDRES PEÑARROJA

ACTA DE ACUERDO DE LA COMISIÓN PARITARIA
DEL CONVENIO COLECTIVO DE BP OIL ESPAÑA, S.A.U.
REFINERÍA DE CASTELLÓN 2018 - 2021
En Castellón, siendo las 08:00 horas del día 2 de marzo de 2021, se reúnen las personas que a continuación se relacionan:
En Representación de los Trabajadores:
Vicente Ros Miguel Ángel Chinchilla Salvador Buendía En Representación de la Empresa:
María Teresa Cruz Jesús Marcos Martínez Miguel Moltó Las partes comparecen y, libre y voluntariamente, convienen exponer los siguientes ANTECEDENTES
I. El pasado 26 de diciembre de 2018, se aprobó y suscribió el texto del Convenio Colectivo 2018-2021 para BP OIL ESPAÑA, S.A.U.
REFINERÍA DE CASTELLÓN en adelante el convenio, que se encuentra publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón de fecha 31 de enero de 2019.
El artículo 122 del referido convenio establece y regula las normas de constitución y las funciones de la Comisión Paritaria del mismo.
II. En fecha 3 de febrero de 2021, el Comité de Empresa comunicó a la Empresa su voluntad de constituir la Comisión Paritaria de resolución de conflictos conforme al Artículo 122 del Convenio Colectivo.
Además, en esa misma fecha, el Comité de Empresa comunicó a la Empresa quiénes serían los miembros del Comité de Empresa que formarían parte de la Comisión Paritaria.
Igualmente, se instó a la Empresa a que designara sus miembros para formar parte de la citada Comisión.
III. En fecha 15 de febrero de 2021 la Empresa convocó a los miembros de la Comisión Paritaria designados por el Comité de Empresa, les informó de quiénes serían los miembros de dicha Comisión Paritaria por cuenta de la Empresa, constituyeron la Comisión Paritaria, y se iniciaron negociaciones sobre las materias contenidas en el conflicto colectivo presentado por el Sindicato Independiente de la Comunidad Valenciana.
A tales efectos, las partes arriba referenciadas alcanzan los siguientes ACUERDOS

1 Definición de salario real.
Las partes manifiestan que, en las negociaciones de los distintos convenios de aplicación en la Compañía, ambas partes aceptaron definir los conceptos retributivos que forman la retribución de los empleados, tal y como actualmente queda descrito en el artículo 44 del Convenio Colectivo.
En este sentido, las partes afirman que el concepto de salario real que recoge el convenio, es un criterio comúnmente aceptado por las partes, siendo este un concepto de referencia para calcular el importe de los distintos conceptos regulados en convenio. Entre otros: revisión salarial, compensación de baja temporal, gratificaciones extraordinarias, retribución variable, etc Del mismo modo, se pone de manifiesto que, en el propio cuerpo del convenio, también existe el concepto de salario fijo, si bien bajo otra denominación, tiene los mismos efectos que el de salario real definido anteriormente.
Se hace mención expresa que, consultadas las normas de aplicación, y la legislación vigente en esta materia, esta práctica es totalmente lícita y acorde a la Ley, puesto que ni el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores, ni ningún otro artículo en esta norma, utiliza el término salario real, por tanto no es un término que tenga una definición legal que deba atenderse. Adicionalmente se hace también
CVE: 20210700900035

Primero. - Continuando con la negociación respecto al contenido del conflicto colectivo interpuesto por el Sindicato Independiente de la Comunidad Valenciana, se alcanzan los siguientes acuerdos:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 30/7/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

PaísEspaña

Fecha30/07/2021

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones4552

Primera edición20/01/2011

Ultima edición15/06/2024

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