Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 25/3/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

Núm. 36.25 de marzo de 2021

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

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DIPUTACIÓ PROVINCIAL DE CASTELLÓ / DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN
01362-2021-U
COOPERACIÓN
Extracto de la convocatoria de Subvenciones para la creación de tiendas multiservicios rurales a los municipios de menos de 200 habitantes de la provincia de Castellón Extracto de la convocatoria de subvenciones para la creación de tiendas multiservicios rurales a los municipios de menos de 200
habitantes de la provincia de Castellón.
BDNS:554287
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https
www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/554287
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, celebrada el día 10 de marzo de 2021, por el que se convocan las subvenciones para la creación de tiendas multiservicios rurales a los municipios de menos de 200 habitantes de la provincia de Castellón.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.3.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica en extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http
www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios.
Ayuntamientos de la provincia de Castellón de menos de 200 habitantes.
Segundo. Objeto.
El objeto de las presentes Bases, es la regulación del procedimiento para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Excma. Diputación provincial de Castellón, a entidades públicas de la Provincia de Castellón de municipios de menos de 200 habitantes para la creación de tiendas multiservicios en locales municipales durante el ejercicio económico 2021.
Únicamente serán objeto de ayuda los gastos de carácter de inversión Capítulo 6 de Inversiones reales de la clasificación económica de gastos, tales como aquellos necesarios para la adecuación del local al uso de la tienda y equipamientos necesarios para su puesta en marcha.
Tercero. Bases reguladoras.
La concreción de las bases reguladoras de la presente convocatoria han sido aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de 10 de marzo de 2021 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón nº 34 de 20 de marzo de 2021. Adicionalmente se regirán por la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Castellón, aprobada en la Sesión Plenaria de 19 de diciembre de 2020.
Cuarto. Cuantía.
El gasto máximo subvencionable será de 10.000,00 ?, por estimar esta cuantía como media aproximada del coste de las actuaciones propuestas a subvencionar y según precios de mercado.
Las ayudas se otorgarán por orden de puntuación hasta conceder los 100.000,00 ? disponibles, entre las solicitudes que obtuviesen una valoración mayor o igual a 20 puntos, quedando desestimadas las que obtengan menor puntuación que la última subvención concedida dentro del límite presupuestario.
La distribución se efectuará en proporción a los valores concedidos por la Comisión de Valoración entre quienes hayan acreditado cumplir los requisitos necesarios para ser beneficiarios de la ayuda.
A efectos de los datos de población, se tendrá en cuenta el Real Decreto 1147/2020, de 15 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes se presentarán acompañadas de la documentación exigida en la base octava.
Contra dicho acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación; o directamente recurso contencionso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Castellón en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Todo ello de conformidad con la redacción vigente de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y sin perjuicio de que se pueda ejercer cualquier otro recurso que se estime procedente.
Castellón de la Plana, a la fecha de la firma.
El diputado delegado, Ximo Huguet Lecha
Castellón 2021-03-22
DIPUTADO DELEGADO DE COOPERACIÓN Y CONCERTACIÓN AYUNTAMIENTOS, XIMO HUGUET LECHA

CVE: 20210300360082

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE AL MARGEN

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 25/3/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

PaísEspaña

Fecha25/03/2021

Nro. de páginas140

Nro. de ediciones4546

Primera edición20/01/2011

Ultima edición25/05/2024

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