Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 17/3/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

Núm. 32.16 de marzo de 2021

JUTJATS SOCIALS / JUZGADOS DE LO SOCIAL
01118-2021
CASTELLÓ DE LA PLANA
AUTOS NÚM. Procedimiento Ordinario ORD - 000813/2017
N.I.G.: 12040-44-4-2017-0003271
Demandante/s: VALERIA ION
Demandado/s: REPARTO DE PRENSA DIARIA SLU, KASTILGON DISTRIBUCIONES SL y FONDO DE GARANTIA SALARIAL
EDICTO
SILVIA GARCIA HERNANDEZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 1 DE LOS DE
CASTELLON
HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000813/2017 a instancias de VALERIA ION contra REPARTO DE PRENSA
DIARIA SLU, KASTILGON DISTRIBUCIONES SL y FONDO DE GARANTIA SALARIAL en la que el día 8/03/2021 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:
FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Valeria Ion contra Reparto de Prensa Diaria SLU y Kastilgon Distribuciones SL, condeno a Reparto de Prensa Diaria S.L.U. al abono de 5.118,50 euros en concepto de indemnización por despido basado en causas objetivas y 4.839,64 euros en concepto de salarios devengados desde abril a agosto de 2017, más el interés por mora del 10%, cantidad esta última de la que responderá solidariamente Kastilgon Distribuciones S.L..
Notifíquese a las partes la presente resolución, con advertencia de que la resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a esta notificación, bastando, para ello, la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante, al hacerle la notificación, de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo Social.
Asimismo, el recurrente sin derecho a justicia gratuita al tiempo de hacer anuncio del recurso, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado documento que acredite haber consignado en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, cuenta del expediente, la cantidad objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista; así como hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado de resguardo acreditativo del depósito por importe de 300 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones, cuenta del expediente, de este Juzgado. Siendo requisito necesario que, al tiempo de hacer el anuncio, se haga el nombramiento del letrado que ha de interponerlo.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación a REPARTO DE PRENSA DIARIA SLU que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente en CASTELLON, a ocho de marzo de dos mil veintiuno.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

CVE: 20210300320032

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 17/3/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

PaísEspaña

Fecha17/03/2021

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones4546

Primera edición20/01/2011

Ultima edición25/05/2024

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