Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 13/2/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

Núm. 19.13 de febrero de 2021

ADMINISTRACIÓ LOCAL / ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓ PROVINCIAL DE CASTELLÓ / DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN
00617-2021-U
CULTURA
Concreción Bases de la Campaña Adquisición instrumentos musicales y otros bienes inventariables 2021 / Concreció bases de la Campanya Adquisició instruments musicals i altres béns inventariables 2021
La Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, en sesión ordinaria celebrada el 9 de febrero de 2021, ha aprobado la concreción de los aspectos generales regulados en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Castellón para la concesión de subvenciones para la adquisición de instrumentos musicales y otros bienes inventariables, ejercicio 2021, con el siguiente contenido:
CONCRECIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CAMPAÑA
ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTOS MUSICALES y OTROS BIENES INVENTARIABLES 2021
PRIMERA. OBJETO
La concreción de los aspectos generales regulados en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Castellón y de sus Organismos Autónomos, para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Excma. Diputación Provincial de Castellón, a las sociedades musicales con banda de música establecida que dispongan de escuela de educandos o de escuela de música, estén radicadas en la provincia de Castellón e inscritas en el Registro de Entidades de Carácter Cultural de la Diputación Provincial de Castellón y en la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana, así como las escuelas de música comarcales debidamente acreditadas, con la finalidad de contribuir a la financiación de los gastos de adquisición de instrumentos musicales, equipos informáticos y otros bienes inventariables necesarios para el desarrollo de la actividad ordenadores, impresoras, fotocopiadoras, tabletas, pizarras digitales y proyectores, que se realicen del 1 de enero al 30 de junio de 2021, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Castellón en adelante OGS , aprobada en sesión en sesión plenaria de fecha 17 de octubre de 2017 BOP nº 150 de 16 de diciembre de 2017 y modificada en sesión plenaria de 20 de octubre de 2020
BOP nº152 de 19 de diciembre de 2020.
Las presentes bases se desarrollan en el marco del Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Castellón para el período 2020-2022, aprobado en sesión plenaria de fecha 27 de noviembre de 2019 y publicado en el BOP nº 150 de fecha 3 de diciembre de 2019 y cuya aprobación definitiva se publica en el BOP n.º 13 de fecha 30 de enero de 2020.
La convocatoria de las subvenciones se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el BOP y en la página web de la Diputación Provincial de Castellón.
SEGUNDA. COMPETENCIAS IMPLICADAS Y SU RELACIÓN CON EL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES
La procedencia de las presentes bases se fundamenta en el ejercicio de la competencia distinta a las propias ,que ya se venía ejerciendo con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, por lo que, en cumplimiento del art. 7.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases del Régimen local, y de conformidad con el art.
71 de la Ley 10/2015, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat Valenciana, se ha aportado informe favorable de Secretaría e Intervención sobre la inexistencia de duplicidades y sobre la sostenibilidad financiera, respectivamente.
Asimismo las presentes bases se desarrollan en el marco del Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Castellón para el período 2020-2022, en el que se fijan para el Servicio de Cultura como objetivos estratégicos:
Sostenimiento de la Bandas de música, escuelas de música y conservatorios profesionales TERCERA. BENEFICIARIOS.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
1. Las sociedades musicales con banda de música establecida que dispongan de escuela de educandos o de escuela de música, estén radicadas en la provincia de Castellón e inscritas en el Registro de Entidades de Carácter Cultural de la Diputación Provincial de Castellón y en la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana.
2. Las escuelas de música comarcales o mancomunadas debidamente acreditadas por la Conselleria de Cultura.
Esta línea de ayudas es compatible con la de la Campaña Escuelas de Educandos/Escuelas de Música para gastos corrientes 2021, pero no así con las otras líneas de ayuda del Área de Cultura de esta Diputación.
No podrán tener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en adelante LGS .

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La concurrencia al proceso de concesión de subvención implicará la manifestación de consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación en los términos expresados en la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación Provincial y en el resto de normativa vigente, todo ello de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
CUARTA. ACTIVIDADES O PROGRAMAS SUBVENCIONABLES
Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se destinarán a financiar los siguientes gastos, con el fin de mejorar su dotación y favorecer la reposición de instrumentos y contribuir con ello a mejorar la oferta musical y la formación de calidad de los músicos de nuestra provincia:
GASTOS DE INVERSIÓN: adquisición de instrumentos, equipos informáticos y otros bienes inventariables necesarios para el desarrollo de la actividad, en concreto, ordenadores, impresoras, fotocopiadoras, tabletas, pizarras digitales y proyectores, que se realicen del 1 de enero al 30 de junio de 2021.
QUINTA . GASTOS SUBVENCIONABLES. GASTO DE INVERSIÓN.
Serán gastos objeto de subvención los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del 1 de enero al 30 de junio de 2021.
Se consideran gastos subvencionables a los efectos previstos en las presentes bases los siguientes:
GASTOS INVENTARIABLES:
1.-Adquisición de instrumentos musicales.
2- Equipos informáticos y otros bienes inventariables necesarios para el desarrollo de la actividad: ordenadores, impresoras, fotocopiadoras, tabletas, pizarras digitales y proyectores.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 13/2/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

PaísEspaña

Fecha13/02/2021

Nro. de páginas252

Nro. de ediciones4346

Primera edición20/01/2011

Ultima edición27/02/2023

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