Boletín Oficial de Cantabria del 15/3/2023 - Ordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario

MIÉRCOLES, 15 DE MARZO DE 2023 - BOC NÚM. 52

Art. 34.- Liquidación y adjudicación del haber 1.- La extinción de la Fundación, salvo cuando así resulte de la fusión con otra fundación, determinará la apertura del procedimiento de liquidación que se realizará por el Patronato bajo el control del Protectorado.
2.- Los bienes y derechos resultantes de la liquidación de la fundación se destinarán a entidades no lucrativas públicas o privadas que persigan fines de interés general. Queda facultado expresamente el patronato para realizar dicha aplicación. La liquidación requerirá el otorgamiento de escritura pública que integrará los documentos previstos en la Ley, y la inscripción en el Registro de Fundaciones.
Todo lo cual se hace público en cumplimiento de lo previsto en la Disposición Transitoria primera de la Ley 6/2020, de 15 de julio, de Fundaciones de Cantabria.
Santander, 3 de marzo de 2023.
La secretaria general de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, Noelia García Martínez.

CVE-2023-2068

2023/2068

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boc.cantabria.es
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 15/3/2023 - Ordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Ordinario

PaísEspaña

Fecha15/03/2023

Nro. de páginas149

Nro. de ediciones3586

Primera edición04/01/2010

Ultima edición20/05/2024

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