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Boletín Oficial de Cantabria del 3/3/2021 - Ordinario
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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario
MIÉRCOLES, 3 DE MARZO DE 2021 - BOC NÚM. 42
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3
DE CASTRO URDIALES
CVE-2021-1330
Notificación de sentencia 21/2021 en procedimiento ordinario 376/2018.
Doña Marina Sofía López Pérez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Castro Urdiales, Hace saber: Que en este Órgano Judicial se siguen autos de procedimiento ordinario, a instancia de R.C.I. BANQUE S. A. SUCURSAL EN ESPAÑA, frente a EUSEBIO ECHEVARRÍA PÉREZ, en los que se ha dictado sentencia de fecha 8 de febrero de 2021, contra el que cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días:
SENTENCIA nº 000021/2021
En Castro Urdiales, a ocho de febrero de dos mil veintiuno.
Vistos por D. Ángel Gabriel Cembranos Díez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Castro Urdiales, los presentes autos de procedimiento ordinario 376/18, promovidos por RCI BANQUE S. A., representada por la Procuradora ante los Tribunales doña Úrsula Torralbo Quintana y con asistencia letrada de doña María José Cosmea Rodríguez; frente a don EUSEBIO ECHEVARRÍA PÉREZ en situación de rebeldía; en reclamación de cantidades;
FALLO
Que debo declarar y DECLARO la NULIDAD POR ABUSIVIDAD de la cláusula de vencimiento anticipado fijada en el contrato de préstamo.
Que ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA interpuesta por RCI BANQUE debo condenar y CONDENO a don EUSEBIO ECHEVARRÍA PÉREZ al abono de 1.597,82 euros, con los intereses expuestos en el fundamento tercero.
Todo ello sin especial pronunciamiento en costas.
Notifíquese esta Sentencia a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma no es firme; contra ella cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN ante este Juzgado en el plazo de VEINTE DÍAS a contar desde el siguiente a su notificación, siendo resuelto por la AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA, en el momento de la preparación del recurso deberá consignar en la cuenta de este Juzgado la suma de 50 euros conforme a la Disposición Adicional 15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la redacción dada por la L.O.1/2009 de 3 de noviembre.
Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo, D. Ángel Gabriel Cembranos Díez, Juez del Juzgado de Primera instancia e Instrucción Nº 3 de Castro Urdiales.
Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a EUSEBIO ECHEVARRÍA PÉREZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Cantabria.
Castro Urdiales, 17 de febrero de 2021.
La letrada de la Administración de Justicia, Marina Sofía López Pérez.
2021/1330
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boc.cantabria.es
CVE-2021-1330
En el Juzgado podrán los interesados, tener conocimiento íntegro de su contenido.
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