Boletín Oficial de Cantabria del 30/3/2020 - Ordinario

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario

LUNES, 30 DE MARZO DE 2020 - BOC NÚM. 62

1.DISPOSICIONES GENERALES
AYUNTAMIENTO DE CABEZÓN DE LIÉBANA
CVE-2020-2500

Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de las Subvenciones al Estudio.

Aprobada inicialmente por el Pleno, en Sesión Plenaria Extraordinaria de 28 de noviembre de 2019, la ordenanza reguladora de las Subvenciones al Estudio en el Ayuntamiento de Cabezón de Liébana, tal y como consta en el expediente, y no habiendo sido formuladas alegaciones o reclamaciones por los interesados durante el periodo de exposición pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, se expone al público el texto completo de la Ordenanza, entrando en vigor a los quince días hábiles de su publicación en el BOC.
"ORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES AL ESTUDIO
DEL AYUNTAMIENTO DE CABEZÓN DE LIÉBANA
Artículo 1º.- Objeto y finalidad.
Es objeto de la presente Ordenanza regular las condiciones y régimen jurídico para la concesión de ayudas para financiar la matrícula, adquisición de libros de texto y material escolar, dirigido a aquellos que se encuentren empadronados en el Ayuntamiento de Cabezón de Liébana que cursen estudios de Educación Infantil, Primaria, Segundaria, Ciclos Formativos, Bachilleratos o Formación Universitaria.
Artículo 2º.- Material subvencionable.
Se considerará, a los efectos de la presente Ordenanza como subvencionable los gastos de matrícula, la adquisición de libros y el material escolar.
Como material escolar subvencionable se entiende el siguiente listado tasado: Libros de texto, cuadernos de escritura y de dibujo, partituras, mapas, cartulinas, blocs de manualidades, papel coloreado, plastilina, pasta de modelado, rollos de plástico para forrar libros, folios, bolígrafos, lapiceros, rotuladores, lápices de cera, pinturas, témperas, marcadores, pósit, tippex, pegamentos, tijeras infantiles, clips, compases, calculadora científica, gomas de borrar, sacapuntas, carpetas de gomas, fundas transparentes, reglas, estuches, mochilas, grapadoras, taladradoras y carpetas organizadoras.
Quedan excluidos de esta subvención: Uniformes, material y ropa deportiva, dispositivos informático electrónico e-books, tablets, memorias USB, cartuchos de tinta y toners de impresora, dymos, cds instrumentos musicales.
Artículo 3º.- Cuantía de las ayudas y pago.
- Alumnos que cursen estudios de Educación Infantil, esto es, entre 0 y 6 años: 100 €.
- Alumnos que cursen estudios de Educación Primaria: 120 €.

- Alumnos que cursen estudios de Formación Profesional de Grado Medio y Superior y Formación Universitaria: 300 €.
La ayuda percibida no podrá superar en ningún caso el coste de material escolar y/o libros de texto. En consecuencia, la cuantía de la ayuda percibida será la del importe justificado mediante factura acreditativa salvo que esta supere los límites máximos de la ayuda señalados en esta Ordenanza, en cuyo caso se aplicarán estos.

i Pág. 7231

boc.cantabria.es
CVE-2020-2500

- Alumnos que cursen estudios de Educación Segundaria Obligatoria E.S.O, y Bachillerato: 120 €.

1/4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 30/3/2020 - Ordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Ordinario

PaísEspaña

Fecha30/03/2020

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones3575

Primera edición04/01/2010

Ultima edición03/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2020>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031