Boletín Oficial de Cantabria del 17/3/2020 - Ordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario

MARTES, 17 DE MARZO DE 2020 - BOC NÚM. 53

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3
DE TORRELAVEGA
CVE-2020-2104

Notificación de sentencia 22/2020 en procedimiento ordinario 194/2019.

Doña Cristina María García Menéndez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Torrelavega, Hace saber: Que en este Órgano Judicial se siguen autos de procedimiento ordinario, a instancia de LIBERBANK, SA, frente a RICARDO MONTES MEDINA, en los que se ha dictado SENTENCIA de fecha 20/02/2020, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA nº 000022/2020
En Torrelavega, a veinte de febrero de 2020.
Raquel García Hernández, magistrada del Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Torrelavega, habiendo conocido los presentes autos de Juicio Ordinario nº 194/2019, seguidos en este Juzgado, entre partes, de una, como demandante la entidad LIBERBANK, SA, que intervino con la representación procesal de Fermín Bolado Gómez y bajo la dirección letrada de Javier Rodríguez y de otra, como demandada, RICARDO MONTES MEDINA declarado en situación de rebeldía procesal, sobre resolución contractual y reclamación de cantidad derivada de responsabilidad contractual, ha dictado la presente Resolución basada en los siguientes, FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de la entidad LIBERBANK, SA, debo declarar y declaro resuelto por incumplimiento esencial grave y reiterado de la obligación de pago, el contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito con la parte demandada, RICARDO MONTES MEDINA en escritura pública de 8 de abril de 2009. Así mismo debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora el importe de las cuotas impagadas, el capital más intereses devengado, por un importe total de 88.795,07 euros junto con el interés que al tipo remuneratorio pactado se siga devengando hasta el total reitero de la suma adeudada.
Procédase a la realización del derecho de hipoteca de la parte actora por el procedimiento establecido en el art. 681 y siguientes de la LEC.
Las costas serán abonadas por la parte demandada.
Este edicto se dicta en cumplimiento de la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia.

Torrelavega, 24 de febrero de 2020.
La letrada de la Administración de Justicia, Cristina María García Menéndez.
2020/2104

i Pág. 6795

boc.cantabria.es
CVE-2020-2104

Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a RICARDO MONTES MEDINA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Cantabria.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 17/3/2020 - Ordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Ordinario

PaísEspaña

Fecha17/03/2020

Nro. de páginas139

Nro. de ediciones3606

Primera edición04/01/2010

Ultima edición17/06/2024

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