Boletín Oficial de Cantabria del 11/2/2020 - Ordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario

MARTES, 11 DE FEBRERO DE 2020 - BOC NÚM. 28

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1
DE CASTRO URDIALES
CVE-2019-11164

Notificación de sentencia 76/2019 en procedimiento de modificación de medidas de definitivas 532/2017.

Doña María Elena Rivas Lucena, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1Civil de Castro Urdiales.
Hace saber: Que en este Órgano Judicial se siguen autos de modificación medidas definitivas, a instancia de ALEJANDRO CALERA SANTOS, frente a VANESA LÓPEZ ÁLVARO, en los que se ha dictado sentencia de fecha 11 de junio de 2019, del tenor literal siguiente:
SENTENCIA Nº 000076/2019
MAGISTRADO-JUEZ QUE LA DICTA: Doña Blanca Rosa Bolado Sánchez.
Lugar: Castro Urdiales.
Fecha: 11 de junio de 2019.
PROCEDIMIENTO: Modificación medidas definitivas, 0000532/2017.
PARTE SOLICITANTE: ALEJANDRO CALERA SANTOS.
Procuradora: CARMEN ALDAZ ANTIA.
PARTE DEMANDADA: VANESA LÓPEZ ÁLVARO.
OBJETO DEL JUICIO: La declaración de modificación medidas definitivas.
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda de modificación de medidas definitivas respecto a la pensión de alimentos a favor del hijo menor de edad, Alejandro Calera López, debo declarar y declaro que procede su modificación, quedando fijada en la cantidad de 100 € mensuales.
Dicha cantidad será pagadera en las mismas condiciones y plazos establecidos en el Convenio Regulador aprobado judicialmente, de fecha 10/07/2009, ingresada mensualmente en la cuenta que fue designado la madre custodia en los primeros cinco días de cada mes, y actualizada anualmente conforme a las variaciones que experimente el IPC que publique el INE u Organismo que lo sustituya.
Todo ello sin expresa condena en costas.
Firme esta sentencia, se procederá a su inscripción en el Registro Civil correspondiente, acordando el/la letrado/a de la Administración de Justicia lo necesario para su comunicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 755 LEC.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN para ante la Audiencia Provincial de Cantabria que deberá presentarse por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de VEINTE DÍAS
contados desde el siguiente a su notificación.
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar a la preparación del mismo haber constituido un depósito de 50 € en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano abierta en la entidad Banesto, a través de una imposición individualizada, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

i Pág. 3361

boc.cantabria.es
CVE-2019-11164

Déjese testimonio en autos de esta resolución, llevándose su original al libro correspondiente.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 11/2/2020 - Ordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Ordinario

PaísEspaña

Fecha11/02/2020

Nro. de páginas205

Nro. de ediciones3596

Primera edición04/01/2010

Ultima edición03/06/2024

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