Boletín Oficial de Cantabria del 12/3/2019 - Ordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario

MARTES, 12 DE MARZO DE 2019 - BOC NÚM. 50

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3
DE CASTRO URDIALES
CVE-2019-1746

Noticación de auto 141/2018 en procedimiento de formación de inventario de bienes de régimen económico matrimonial 432/2017.

Doña Mónica Valentín Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Castro Urdiales.
Hace saber que en este Órgano Judicial se siguen autos de Formación de Inventario de bienes de régimen económico matrimonial a instancia de don JOSÉ MARTÍN CARRANZA GARMENDIA, frente a doña LEONOR ZABALLA CARASA, en los que ha dictado AUTO de fecha 2 de noviembre de 2018, del tenor literal siguiente.
AUTO Nº 0000141/2018
El magistrado-juez, don Guillermo Martínez Sellers.
En Castro-Urdiales, a 2 de noviembre de 2018.
SE APRUEBA el acuerdo sobre la formación de inventario seguido a instancia de la procuradora doña MARÍA ÁNGELES SALAS CABRERA, en nombre y representación de JOSÉ MARTÍN
CARRANZA GARMENDIA se formuló solicitud sobre formación de inventario, frente a LEONOR
ZABALLA CARASA, reseñado en el hecho segundo de esta resolución y que se da por reproducido.
Se designa como administrador judicial de los bienes que forman parte del inventario a don JOSÉ MARTÍN CARRANZA GARMENDIA.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN para ante la Audiencia Provincial de Cantabria que deberá presentarse por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de VEINTE DÍAS
contados desde el siguiente a su noticación.
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar a la preparación del mismo haber constituido un depósito de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Órgano abierta en la entidad Banesto, a través de una imposición individualizada, salvo que el recurrente sea beneciario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente.
El depósito deberá constituirse ingresando la citada cantidad en la cuenta de este expediente número 4770000039043217 indicando el tipo de recurso. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.
Así por este auto lo acuerdo, mando y rmo.
El/la magistrado-juez.

DILIGENCIA. - Seguidamente la extiendo yo el/la letrado/a de la Administración de Justicia, para hacer constar que la anterior resolución la ha dictado el/la magistrado-juez que la rma, para su unión a los autos, noticación a las partes y dar cumplimiento a lo acordado. Doy fe.
Castro Urdiales, 25 de febrero de 2019.
La letrada de la Administración de Justicia, Mónica Valentín Barrero.
2019/1746

i Pág. 6771

boc.cantabria.es
CVE-2019-1746

Y para que sirva de noticación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a doña LEONOR ZABALLA CARASA, en ignorado paradero, libro el presente.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 12/3/2019 - Ordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Ordinario

PaísEspaña

Fecha12/03/2019

Nro. de páginas130

Nro. de ediciones3580

Primera edición04/01/2010

Ultima edición10/05/2024

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