Boletín Oficial de Cantabria del 26/3/2021 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

VIERNES, 26 DE MARZO DE 2021 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 23

En virtud de lo expuesto, RESUELVO
Primero. Medidas generales.
1. Los centros de servicios sociales establecidos en los artículo 2 y 3 del Decreto 40/08, de 17 de abril por el que se regulan la Autorización, la Acreditación, el Registro y la Inspección de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, cualquiera que sea su titularidad pública o privada, desarrollarán su actividad con sujeción a las disposiciones de seguridad y protección a la salud que se establecen con carácter general en la Resolución de la Consejería de Sanidad de 18 de junio de 2020, por la que se establecen las medidas sanitarias aplicables en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el período de "nueva normalidad", así como por lo establecido en esta Resolución.
2. En esta Resolución se establecen normas específicas para el ingreso y actividad en los centros residenciales, centros de atención diurna, centros sociales de personas mayores y centros de atención a la infancia y adolescencia. La actividad que constituya el objetivo principal en el resto de centros de servicios sociales se atendrá a las disposiciones establecidas en la Resolución de la Consejería de Sanidad referida en el apartado 1 en los mismos términos en que la actividad o servicio se oferte al público en general, así como a las instrucciones que se puedan comunicar por las autoridades competentes en desarrollo de esta Resolución.
Segundo. Medidas de seguridad y protección.
1. El funcionamiento de los centros de servicios sociales se ajustará al estricto cumplimiento de las medidas de protección y seguridad y especialmente, las medidas de higiene, protección, ventilación, desinfección de estancias y materiales comunes y distancia de seguridad tanto para trabajadores como para usuarios establecidas con carácter general en la Resolución de la Consejería de Sanidad de 18 de junio de 2020.
2. Todos los centros de servicios sociales adoptarán las siguientes medidas:
a Se colocará información visual carteles, folletos etc. adaptada a trabajadores, usuarios y familiares, recordando las instrucciones sobre lavado de manos e higiene respiratoria.
b Se informará a los residentes, trabajadores y familiares que, aunque existe un riesgo significativamente menor de padecer COVID-19 después de la vacunación, el riesgo no desaparece por completo ya que la vacuna no garantiza una protección total a todas las personas vacunadas.
c Se dispondrán geles hidroalcohólicos para la limpieza de manos, o cuando esto no sea posible, agua y jabón.
d Se procederá a la ventilación y desinfección frecuente de las instalaciones y equipamientos como dispone la Resolución de la Consejería de Sanidad de 18 de junio de 2020.
e Los espacios para atención individualizada se desinfectarán antes de la entrada del siguiente usuario.
f Se colocarán papeleras con pedal que serán limpiadas de forma frecuente y en las que se puedan depositar pañuelos y cualquier material desechable.

h Cada centro establecerá los protocolos para garantizar que todo el personal externo que acceda al centro, conoce y asume las medidas adoptadas para evitar contagios.
i Se establecerán horarios a los proveedores para la entrega de materiales, evitando que éstos coincidan en el centro de trabajo habilitándose zonas específicas para su recepción.

i Pág. 1391

boc.cantabria.es
CVE-2021-2786

g Se procederá al lavado y desinfección diaria de los uniformes y ropa de trabajo de los trabajadores del centro.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 26/3/2021 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha26/03/2021

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones836

Primera edición07/01/2010

Ultima edición26/04/2024

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