Boletín Oficial de Cantabria del 23/8/2019 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

VIERNES, 23 DE AGOSTO DE 2019 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 40

2.2.CURSOS, OPOSICIONES Y CONCURSOS
SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO REGIONAL
DE CANTABRIA S.A.
CVE:2019-7628

Resolución por la que se convoca el puesto directivo de Director General.

Visto el artículo 123 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria y demás normativa aplicable, en uso de las atribuciones que le conere el Acuerdo del Consejo de Administración de 30 de julio de 2019, RESUELVE
Convocar la cobertura del puesto de Director-Gerente de la sociedad SODERCAN mediante relación laboral de carácter especial de alta dirección, que asumirá entre otras las siguientes funciones: a La administración y gestión de los asuntos sociales de la entidad, así como la representación de la misma en todos los actos y contratos, b Coordinar y supervisar las áreas de soporte contable, nanciera, scal, recursos humanos y contratación de la empresa, c Denir directrices de actuación, desde un punto de vista general y operativo, realizar la planicación de la actividad y seguimiento económico presupuestario y velar por el cumplimiento de las obligaciones legales de la entidad en toda materia, d Supervisar y orientar, dando las oportunas instrucciones, sobre la actividad de cada departamento de la entidad, e Además de las funciones que tenga asignadas, las que puedan serle encomendadas por el propio Consejo de Administración en cada caso, y con la siguiente retribución 64.448,75 € brutos anuales, divididos en 14 pagas, y los incrementos salariales a los que tenga derecho en virtud de la normativa que resulte de aplicación. Con arreglo a las siguientes, BASES
Base 1.- Podrán participar en la presente convocatoria los aspirantes que reúnan los siguientes requisitos mínimos:
a Poseer la nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles:
1º.- Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

3º.- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y raticados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
4º.- Los extranjeros con residencia legal en España.
b Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
c Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

i Pág. 1795

boc.cantabria.es
CVE-2019-7628

2º.- El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, no sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 23/8/2019 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha23/08/2019

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones836

Primera edición07/01/2010

Ultima edición26/04/2024

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