Boletín Oficial de Cantabria del 19/7/2010 - Extraordinario

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

GOBIERNO
de CANTABRIA

B O L E T Í N

O F I C I A L

D E

C A N TA B R I A

LUNES, 19 DE JULIO DE 2010 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 16

4.ECONOMÍA, HACIENDA Y SEGURIDAD
SOCIAL
4.1.ACTUACIONES EN MATERIA PRESUPUESTARIA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
INTERVENCIÓN GENERAL
CVE-2010-11114

Instrucción conjunta de la Intervención General y de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el incremento de los tipos de IVA establecido por el artículo 79 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 y su incidencia en la tramitación de los expedientes de contratación.

Con motivo de la entrada en vigor de la subida de los tipos de IVA establecida por el artículo 79 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 y ante las continuas consultas realizadas por los distintos Órganos gestores, por parte de la Intervención General de la Consejería de Economía y Hacienda y de la Secretaria General de la Consejería de Presidencia y Justicia se considera preciso dictar las siguientes INSTRUCCIONES, para facilitar la tramitación de los expedientes de contratación en los cuales se hubiera establecido el tipo vigente en un momento anterior al 1 de julio de 2010, distinguiendo según cual sea el momento procedimental en el que se encuentren:
1. Antes de la aprobación de los pliegos:
a Se procederá a modificar el pliego con objeto de subir el tipo de IVA al 18% o al 8%, según corresponda.
b Se someterá a fiscalización el incremento de gasto que se deriva para lo cual habrá de remitirse a la Intervención Delegada respectiva el proyecto de Resolución, los documentos contables, el pliego de prescripciones técnicas y el pliego de cláusulas administrativas particulares y se procederá, en su caso a la modificación del expediente de crédito plurianual.
2. En Pliegos aprobados pero no publicados:
a Se retrotraerá el expediente al momento de la resolución aprobatoria para rectificar el tipo impositivo y adecuarlo al vigente, dictándose una nueva resolución aprobatoria, conservándose el resto de actos y trámites del expediente administrativo
c En cuanto a su fiscalización se procederá como en el apartado 1.b.
3. Pliegos aprobados y ya publicados al tipo derogado:
a Se homogeneizará, en su caso, la valoración de las ofertas con el precio ofertado por los licitadores sin incluir IVA.

i Pág. 918

boc.cantabria.es
CVE-2010-11114

b La subsanación se realizará en el centro en el que se encuentre físicamente el expediente a fin de evitar eventuales dilaciones motivadas por la devolución del mismo.

1/2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 19/7/2010 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha19/07/2010

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones837

Primera edición07/01/2010

Ultima edición30/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2010>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031