Boletín Oficial de Cantabria del 19/6/2010 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

GOBIERNO
de CANTABRIA

B O L E T Í N

O F I C I A L

D E

C A N TA B R I A

SABADO, 19 DE JUNIO DE 2010 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 14

a Que lleven, al menos, seis meses desempeñando su puesto de trabajo.
Este requisito no será preciso en el caso de trabajadores que desempeñen un puesto de trabajo en adscripción provisional, que se encuentren a disposición del Secretario General de la Consejería correspondiente o que participen desde la situación de excedencia.
b Que pertenezcan a la misma categoría profesional y, en su caso, especialidad de los puestos convocados. Este requisito no será de aplicación al personal laboral fijo que haya reingresado a categoría inferior conforme a lo previsto en el artículo 8 del VIII Convenio Colectivo.
c Que cumplan todos los requisitos exigidos para el desempeño de los puestos de trabajo solicitados según las correspondientes relaciones de puestos de trabajo y el vigente VIII Convenio Colectivo, con las excepciones previstas en la Disposición Adicional Cuarta.
2.- Los trabajadores fijos de la Administración del Principado de Asturias y de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha deberán pertenecer a alguna de las categorías mencionadas en el Anexo I de los respectivos Convenios. Sólo se admitirán solicitudes a puestos de categorías homologadas a las propias en el mencionado Anexo I. No podrán concursar aquellos trabajadores que ocupen plazas en virtud de un anterior concurso de traslados con una permanencia inferior a seis meses en el actual destino, contados hasta la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias.
3.- Los trabajadores en adscripción provisional o a disposición del Secretario General tendrán la obligación de participar en el presente concurso solicitando todos los puestos de trabajo de su misma categoría profesional y, en su caso, especialidad. Si presentasen la solicitud y no solicitasen todos los puestos de su categoría profesional y no obtuviesen ninguno con carácter definitivo o bien no participasen teniendo la obligación de hacerlo, se les adjudicará uno de los que hayan quedado vacantes en el concurso de su misma categoría profesional y, en su caso, especialidad y se encuentre preferentemente en la misma localidad en la que prestan servicios. Si no tomasen posesión en dicho puesto, o no hubiera resultado puesto vacante del concurso de su misma categoría profesional, y en su caso, especialidad serán declarados en excedencia voluntaria por interés particular.
4.- Los requisitos específicos de desempeño para cada puesto de trabajo son los expresados en el Anexo I de la presente Orden.
5.- La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos de participación será la del día en que concluya el plazo de presentación de solicitudes.
Segunda.- Cobertura de puestos.
Se proveerán a través del procedimiento regulado en esta Orden todos los puestos de trabajo que se encuentren vacantes a fecha 1 de junio de 2010, con excepción de aquellos que se encuentren en expedientes de modificación de relaciones de puestos de trabajo que estuvieran tramitándose a dicha fecha o que estuviesen reservados para su cobertura a través de las pruebas selectivas de la Oferta de Empleo Público perteneciente al año 2010 por estar ocupados por personal laboral indefinido no fijo. Tampoco serán objeto de provisión mediante concurso de traslados las vacantes pertenecientes a la categoría profesional de Capataz, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del VIII Convenio Colectivo, ni los puestos vacantes reservados para movilidad por motivos de salud, ni para hacer efectiva la medida de protección a las mujeres víctimas de violencia de género.

i Pág. 466

1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, presentarán su solicitud en el correspondiente impreso oficial, que será entregado gratuitamente en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria C/ Peña Herbosa, número 29, 39003 - Santander, en los Registros Auxiliares y en los Registros Delegados, y que se ajustará al modelo normalizado que se publica como Anexo II, en el plazo de cinco 5 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de la misma en el Boletín Oficial de Cantabria.

CVE-2010-9318

Tercera.- Presentación de solicitudes y documentación.

boc.cantabria.es
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 19/6/2010 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha19/06/2010

Nro. de páginas103

Nro. de ediciones838

Primera edición07/01/2010

Ultima edición02/05/2024

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