Boletín Oficial de Bizkaia del 3/4/2018

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Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia

BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Martes, 03 de abril de 2018

Pág. 4

SECCIÓN I
ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA
Diputación Foral de Bizkaia Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 42/2018 de 27 de marzo, por el que se establecen las bases y convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos de innovación sociolaboral, del ejercicio 2018.
I

A través de este decreto foral, el departamento pretende reforzar las actuaciones dirigidas a la incorporación al empleo de las personas, en vulnerabilidad social, más alejadas del mercado laboral y que precisan de especiales apoyos para su inserción, personas usuarias de los servicios de inclusión social, y mujer y familia que precisan de apoyos en paralelo a sus procesos de inclusión social.
Es por ello que el presente decreto foral tiene como objetivo la colaboración y participación en el desarrollo de los proyectos seleccionados en el eje 2 OT9 con las entidades seleccionadas mediante resolución de 23 de octubre de 2015 del viceconsejero de Empleo y Trabajo del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco.
II

El Fondo Social Europeo, de acuerdo con el Reglamento UE 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el reglamento UE número 1081/2006 del Consejo, promoverá, según lo establecido en el artículo 2, unos niveles elevados de empleo y de calidad del empleo, mejorará el acceso al mercado laboral, fomentará la movilidad geográfica y profesional de las personas trabajadoras y facilitará su adaptación al cambio industrial y a los cambios de los sistemas de producción necesarios para garantizar un desarrollo sostenible, propiciará un elevado nivel de educación y formación para todas las personas y apoyará la transición de la educación al empleo entre las personas jóvenes, luchará contra la pobreza, auspiciará la inclusión social y fomentará la igualdad de género, la no discriminación y la igualdad de oportunidades, contribuyendo de esta forma a dar respuesta a las prioridades de la Unión en materia de mejora de la cohesión económica, social y territorial.
El Reglamento UE 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, establece el marco de actuación del Fondo Social Europeo FSE, y, en particular, establece los objetivos temáticos en que se concentrarán los fondos, a fin de contribuir a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, así como a las misiones específicas de los fondos con arreglo a sus objetivos basados en el tratado.
Al Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco le corresponde realizar las actividades necesarias para la planificación, gestión, control y seguimiento del Fondo Social Europeo, en virtud del Decreto 19/2013, de 9 de abril, en su redacción modificada por el Decreto 79/2014, de 20 mayo.
III

El objetivo del Programa Operativo es mejorar la participación en el mercado laboral, incluyendo el fomento del autoempleo, mejorar la calidad del empleo y fomentar la inclusión laboral de aquellas personas más vulnerables.

cve: BOB-2018a063

Núm. 63

BOB

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Bizkaia del 3/4/2018

TítuloBoletín Oficial de Bizkaia

PaísEspaña

Fecha03/04/2018

Nro. de páginas109

Nro. de ediciones7603

Primera edición01/09/1993

Ultima edición15/05/2024

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