Boletín Oficial de Bizkaia del 25/9/2017
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Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia
BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Lunes, 25 de septiembre de 2017
Pág. 121
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente deberá aportar, el justificante del pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los criterios establecidos en la citada norma en sus artículos 7.1 y 2, y en su caso, cuando tenga la condición de trabajadores, o con la limitación establecida en el artículo 1.3 del mismo texto legal.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Mercagroup Spain, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Bizkaia, en Madrid, a cuatro de septiembre de dos mil diecisiete.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.La Letrada de la Administración de Justicia
cve: BOB-2017a183
Núm. 183
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