Boletín Oficial de Aragón del 26/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Aragón

Boletín Oficial de Aragón
26/11/2019

I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
DECRETO 223/2019, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Sede Judicial Electrónica correspondiente al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, ha supuesto el reconocimiento definitivo de la utilización de las tecnologías de la información por parte de los ciudadanos y profesionales en sus relaciones con la Administración de Justicia y de ésta con el resto de Administraciones y organismos públicos.
El Titulo III de la mencionada Ley define y regula la Sede Judicial Electrónica y, de conformidad con su artículo 9, se define como aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a cada una de las Administraciones competentes en materia de justicia.
El citado artículo 9 del mencionado texto normativo establece que las Administraciones competentes en materia de justicia determinarán las condiciones e instrumentos de creación de las sedes judiciales electrónicas que en todo caso se crearán mediante disposición publicada en el Boletín Oficial del Estado, o el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente.
La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia. Entre estos medios se encuentra la planificación, programación, control administrativo y provisión de los medios materiales necesarios para la actuación de los Tribunales de Justicia, de las fiscalías y del Instituto de Medicina Legal de Aragón.
El ejercicio de las competencias transferidas en materia de Administración de Justicia corresponde al Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, de acuerdo con lo previsto en el Decreto de 5 de agosto de 2019, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos.
Por otra parte, en cuanto a los aspectos estrictamente tecnológicos de la Sede Judicial Electrónica correspondiente al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, debe considerarse la Ley 7/2001, de 31 de mayo, de creación de la Entidad Pública Aragonesa de Servicios Telemáticos que atribuye a dicha entidad la gestión integrada de los sistemas de información y de telecomunicaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La Sede Judicial Electrónica de la Comunidad Autónoma de Aragón será el punto de acceso electrónico a los procedimientos y servicios que presta cada uno de los órganos y oficinas judiciales y fiscales dentro del ámbito de la Administración de Justicia en Aragón, con el objeto de facilitar el acceso a las mismas, así como crear un espacio en el que la Administración de Justicia, los ciudadanos y los profesionales se relacionen en el marco de la actividad judicial con las garantías procesales necesarias.
Este Decreto, que en cumplimiento de la Ley 18/2011, establece los portales de acceso y registros electrónicos del ámbito de la Administración de Justicia en Aragón, ha sido informado favorablemente por el Consejo General del Poder Judicial, por el Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica CTEAJE, por la Fiscalía General del Estado, por Aragonesa de Servicios Telemáticos AST y por la Dirección General de la Administración electrónica y Sociedad de la Información.
Ha sido sometido además al trámite de información pública y al de audiencia a los diferentes Colegios Profesionales con presencia en Aragón que pudieran verse afectados y ha sido informado por la Dirección General de Servicios Jurídicos.
En su elaboración se han respetado los principios de buena regulación enumerados en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, es decir, los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, de acuerdo con el Dictamen del Consejo Consultivo y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 19 de noviembre de 2019, 31558

csv: BOA20191126001

Núm. 231

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Aragón del 26/11/2019

TítuloBoletín Oficial de Aragón

PaísEspaña

Fecha26/11/2019

Nro. de páginas118

Nro. de ediciones7619

Primera edición11/04/1978

Ultima edición03/05/2024

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