Boletín Oficial de Aragón del 10/11/1999

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Fuente: Boletín Oficial de Aragón

10 de noviembre de 1999

Acuerdo número 49. Creación Comisión de Enlace y Coordinación Tramitación Modificación de Estatutos: Acto seguido por la Secretaria se da lectura de la moción presentada por la Presidencia en relación a su propuesta de Modificación de los Estatutos de la Mancomunidad y que es la siguiente:
Propuesta de resolución:
Modificar el artículo 8bis de los Estatutos de la Mancomunidad que dice:
La Comisión de Gobierno estará integrada por un representante de cada uno de los Ayuntamientos miembros de la Mancomunidad.
El Presidente y el Vicepresidente ostentarán automáticamente la representación del Ayuntamiento al que pertenezcan, desempeñando asimismo las funciones de su cargo en la propia Comisión de Gobierno. Respecto de los demás Ayuntamientos, su representación en esta Comisión será ejercida por el vocal que tenga la condición de Alcalde o aquél en quien éste delegue.
Las competencias serán las de asistencia al Presidente de la Mancomunidad y aquellas otras que le deleguen el Pleno y el Presidente.
Y ahora debería decir:
La Comisión de Gobierno estará integrada por 11 miembros, que serán elegidos proporcionalmente entre los miembros de la Junta de la Mancomunidad de las distintas formaciones políticas, contemplando la representatividad de las distintas zonas, y que serán propuestos por el Presidente de la Junta de la Mancomunidad, tras las distintas consultas realizadas por éste a los distintos grupos políticos y que tendrán que ser aceptados por mayoría absoluta en primera votación o por
BOA Número 143

mayoría simple en segunda votación por la Junta en sesión extraordinaria, que posteriormente serán elegidos en las respectivas sesiones constitutivas de las correspondientes Juntas.
El Presidente y el Vicepresidente ostentarán y desempeñarán, asimismo, las funciones de su cargo en la propia Comisión de Gobierno.
Las competencias serán las de asistencia al Presidente de la Mancomunidad y aquellas otras que le deleguen el Pleno y el Presidente.
Por los veintinueve miembros asistentes de los cincuenta y seis que en derecho componen la Junta de la Mancomunidad, por unanimidad, se acuerda:
1º. Aprobar la modificación de los estatutos de la Mancomunidad de Municipios Cuenca Minera Central, en todo el contenido expuesto por la Moción de Presidencia.
2º. Cumplir con el procedimiento legalmente establecido para esta modificación, tanto en los Estatutos, como en la legislación de la Comunidad Autónoma de Aragón, Ley de Administración Local de Aragón Ley 7/99, de 9 de abril.
3º. Facultar al Sr. Presidente para cuantos trámites se deriven del presente acuerdo, hasta la culminación de la modificación que se plantea.
Como indica el artículo 80, punto 6 de la Ley de Administración de Aragón y el artículo 25 de los Estatutos de la Mancomunidad de Municipios Cuenca Minera Central, el presente anuncio se expondrá a información pública, por el plazo de un mes mediante el tablón de edictos de los Ayuntamientos interesados, para que puedan presentarse cuantas reclamaciones procedan.
El Presidente, Francisco J. Altaba Cabañero.

Imprime: SERVICIOS DE IMPRESIÓN DE ARAGÓN, S.L.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Aragón del 10/11/1999

TítuloBoletín Oficial de Aragón

PaísEspaña

Fecha10/11/1999

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones7628

Primera edición11/04/1978

Ultima edición17/05/2024

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