Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 28/07/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

de 18/12/2013, 17,1125 c€/Kg, originaba un precio máximo de venta al público resultante de 121,19 c€/Kg.
En términos análogos, esta magnitud, tras la resolución de 12/07/2023, alcanzará la cuantía de 98,8768+17,1125
115,99 c€/Kg.
A la vista de lo anterior, el precio máximo de venta al público de los GLPS, a partir de las 00:00 horas del 18/07/2023, se ve disminuido en 5,2 c€/Kg.
Así pues, de la interpretación objetiva del estudio realizado, en cuanto al producto popular de la botella de butano de 12,5 Kg, resulta lo siguiente:
PRODUCTO
Botella butano 12,5 Kg.

FECHA
Desde las 00:00 horas de 16/05/2023
A partir de las 00:00 horas de 18/07//2023
VARIACIÓN %
VARIACIÓN ABSOLUTA

VALOR €
15,15
14,50
-4,29%
0,65

En uso de las atribuciones que me confiere el Decreto de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta, de 23/06/2023 BOCCE
Ext. Nº 42, de 23/06/2023, HE RESUELTO:
PRIMERO.- En base a la Orden IET/389/2015, de 25 de marzo, al Decreto número 015813, del Excmo. Sr. Consejero de Hacienda, Economía, Recursos Humanos y Presidente del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta, publicado en el BOCCE 5325, de 27 de diciembre de 2013 y a la resolución de 12/07/2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, publicada en el B.O.E. Núm. 169, de 12/07/2023, el precio máximo de venta, aplicable a los suministros de gases licuados del petróleo envasados en recipientes de capacidad igual o superior a 8 Kg e inferior a 20 Kg. de contenido de Gas Licuado del Petróleo, a excepción de los envases de mezclas para uso de los GLPS como carburantes, desde las 00:00 horas del día 18/07/2023, es el siguiente:
FUNDAMENTO
PRECIO MÁXIMO SEGÚN RESOLUCIÓN 12/07/2023
VARIACIÓN AL ALZA DE LOS COSTES DE COMERCIALIZACIÓN, SEGÚN RESOLUCIÓN NÚMERO 015813, DE 18/12/2013
PRECIO MÁXIMO DE VENTA AL PÚBLICO RESULTANTE

c€/Kg.
98,8768
17,1125
115,99

SEGUNDO.- Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer, de conformidad con los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses contados a partir de la su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, o con carácter potestativo, el recurso de reposición ante la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta en el plazo de un mes, según lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Asimismo, podrá interponer cualesquiera otros recursos que estime convenientes a sus derechos.
Documento firmado digitalmente en Ceuta, en la fecha indicada.
KISSY CHANDIRAMANI RAMESH
CONSEJERA DE HACIENDA, TRANSICIÓN ECONÓMICA
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
FECHA 25/07/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1616

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 28/07/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha28/07/2023

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6173

Primera edición19/11/1926

Ultima edición11/06/2024

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